Una Política democrática de comunicación Edison Lanza Uruguay Medios audiovisuales y democracia Los medios audiovisuales son el “espacio público” más relevante Dinámicos Masivos Reproducen valores Generadores de riqueza Medios audiovisuales y democracia Historia de “arreglos” debajo de la mesa y apropiación del “espacio público” Política de medios a partir de dos actores: Estado (poder político) y empresarios La sociedad civil no se había sentado a la mesa de negociación Resultado: Discrecionalidad/arbitrariedad/debilidad estatal/concentración en la propiedad y en las audiencias/perversión de los términos democráticos Política democrática de comunicación Definir una política democrática de comunicación, es una prioridad en sí misma Los nuevos marcos regulatorios requieren de una mesa amplia de consulta, transparencia y una actitud proactiva del Estado Avances en los marcos regulatorios El 2009 fue un año de inflexión para el establecimiento de nuevos marcos regulatorios Las leyes para garantizar la expresión a través del Sector Comunitario (Uruguay/Chile) La ley de SCA de Argentina La discusión del proyecto de ley de Medios en Ecuador, que plantea dudas sobre la regulación de contenidos El problema de los extremos Sistema interamericano de DDHH Cualquier regulación de medios audiovisuales debe respetar los estándares del art. 13 de la CADH Obligaciones del Estado: No establecer mecanismos de injerencia en los medios o en la profesión periodística (necesarios para una sociedad democrática) Garantizar la libertad de expresión por cualquier medio Garantizar máxima diversidad posible de información e ideas Principios de la comunicación democrática Neutralidad y garantías ante los contenidos. No le corresponde al Estado legislar la moralidad. Una legislación de medios cuidadosa en no establecer mecanismos de intervención en los contenidos que tengan el objetivo de “imponer modelos”. Independencia de los medios de comunicación y de sus trabajadores. Medidas para prevenir cualquier intento de castigar a los medios o sus trabajadores en función de su línea informativa o editorial. Del mismo modo los medios de comunicación y sus trabajadores deberán desarrollar su cometido en el marco del respeto a la Constitución y los derechos humanos. Principios de la comunicación democrática Protección del trabajo independiente y digno en los medios. Promover la regulación de los efectos de la convergencia en las relaciones laborales de los trabajadores de los medios. Garantizar derecho a mantener independencia de opinión. Protección de la propiedad intelectual. Transparencia.- Establecer reglas que permitan la transparencia en materia de propiedad y gestión de las personas jurídicas que son titulares de licencias para operar medios de comunicación. Publicidad de los condiciones. Principios de la comunicación democrática Criterios de asignación de concesiones. Modificar los criterios vigentes para la asignación de concesiones y licencias necesarias para operar medios de comunicación audiovisual. Incorporar para el sector comercial los principios de concurso, audiencia pública y control social establecidos para el sector comunitario en la Ley del Servicio de Radiodifusión Comunitaria (Nº 18.232). Plazos, etcétera. Pluralidad. La pluralidad es una garantía al efectivo goce de la libertad de expresión y el derecho a la información. Esto supone contemplar su ejercicio activo o emisor, como su recepción libre. Garantizar la diversidad cultural, el acceso a los medios de grupos sociales y políticos significativos y carreteras neutrales para que las audiencias puedan expresarse. Principios de la comunicación democrática Diversidad y protección de derechos. Asegurar el pluralismo informativo y la promoción y protección de los derechos humanos por parte de todos los licenciatarios. Promover la no discriminación y protección de derechos. Establecer por ley reservas de espectro para el sector comunitario. Los principios de la regulación para el sector comunitario. Anti-monopolio y concentración. La nueva legislación deberá prevenir las prácticas monopólicas y la concentración, para lo cual deberá establecerse un máximo de medios electrónicos en manos de un mismo grupo empresarial o de un mismo grupo de personas. Ejemplo de países desarollados con límites contra la acaparación de audiencias. Regular la explotación de la frecuencia. Principios de la comunicación democrática Autoridad independiente y Defensoría del Público. Una política democrática de comunicación requiere revisar el diseño institucional de la regulación de medios audiovisuales. Autoridad independiente, por encima de los vaivenes políticos, con espacios de participación. Controles antimonopolio y para limitar la concentración han sido casi inexistentes. Reglamentar los derechos del público, que aplicará en caso de denuncias y reclamos de los ciudadanos. Ejercer la Defensoría del público o recibir sus denuncias. Derechos de niños/niñas y adolescentes. Pueblos originarios. Minorías sexuales. Principios de la comunicación democrática Estatuto para garantizar que los medios estatales sean públicos y libres de la injerencia gubernamental. Armonizar papel de los medios con la protección de los derechos de distintos colectivos. Protección a la infancia, derechos de las personas con discapacidad, derechos del consumidor (publicidad) Promoción de la responsabilidad social de los SCA/Autoregulación Diseño institucional en ALC Chile: Consejo Nacional de Televisión (Org. Constitucional y autónomo) Regula contenidos Valores Morales y Culturales. Dignidad de las Personas. Protección de la Familia. Pluralismo. Democracia. Paz. Protección del Medio Ambiente. Formación de la niñez y la juventud. Violencia Excesiva. Truculencia. Pornografía. Participación de Menores en actos reñidos con la moral y las buenas costumbres. Sensacionalismo en programas informativos. Diseño institucional en ALC Argentina (AFSCA). Autoridad creada por ley (control parlamentario y participación social) Diseño institucional en ALC Colombia (ANTV). Creada por ley y con participación plural en el directorio. Varias regulaciones (der. Autor, producción nacional y poco en contenidos) Perú (Concor TV). Consejo Consultivo asesor y no vinculante. Pero se expide sobre contenidos (Códigos de ética en los medios, declaración de derechos de niños y niñas en los medios) Costa Rica (Sinart). Sistema nacional regulado. Regulación en equidad de género. Uruguay. Regulación, autoregulación, corregulación CTC I (Bases LSCA) y CTC II (DNLEyMC) Gracias