Documento técnico
Enfoque de
derechos humanos,
equidad de género e
interculturalidad en salud
Marco conceptual
2006
Enfoque de derechos humanos, equidad de género e interculturalidad en salud
Marco conceptual
Catalogación hecha por el Centro de Documentación OPS/OMS en el Perú
Enfoque de derechos humanos, equidad de género e interculturalidad
en aslud: marco conceptual / Ministerio de Salud. Dirección General de
Promoción de la Salud. Unidad Técnica Funcional de Derechos Humanos,
Equidad de Género e Interculturalidad en Salud. -- Lima: Ministerio de Salud,
2006.
73 pp.; ilus
DERECHOS HUMANOS / DERECHOS A LA SALUD / EQUIDAD / GÉNERO Y
SALUD / DIVERSIDAD CULTURAL / POLÍTICA DE SALUD / PERÚ
(OPS/PER/06.31)
Hecho el depósito legal en la Biblioteca Nacional del Perú N.º 2006-10247
ISBN
© MINSA, 2006
Ministerio de Salud
Av. Salaverry N.º 801, Jesús María, Lima-Perú.
Telf. (51-1) 315-6600
http://www.minsa.gob.pe
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Tiraje: 2000 unidades
Diseño e impresión:
SINCO Editores
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Telf. 433-5974
[email protected]
Esta publicación se realizó gracias al apoyo de la OPS/OMS
Enfoque de derechos humanos, equidad de género e interculturalidad en salud
Marco conceptual
Enfoque de derechos humanos, equidad de género e interculturalidad en salud
Marco conceptual
Enfoque de derechos humanos, equidad de género e interculturalidad en salud
Marco conceptual
Enfoque de Derechos Humanos, Equidad de
Género e Interculturalidad en Salud.
Marco conceptual
Dr. Carlos Vallejos Sologuren
Ministro de Salud
Dr. Diego Blas Fernández Espinosa
Viceministro de Salud
Dra. Elsa María Mantilla Portocarrero
Directora General
Dirección General del Promoción de la Salud
Mg. María Teresa Arana Zegarra
Coordinadora
Unidad Técnica Funcional de Derechos Humanos, Equidad
de Género e Interculturalidad en Salud
Participaron en la elaboración y validación de este documento:
Dirección General de Promoción de la Salud - MINSA
Ricardo Bustamante Quiroz
María Teresa Arana Zegarra
María del Carmen Calle Dávila
Mercedes Arévalo Guzmán
Rosario Milagros Vargas Lucar
Doris Cáceres Ramírez
Raúl Choque Larrauri
Rosa Dierna - Consultora OPS
Rolando Aragón - Consultor OPS
Participaron en la validación y revisión de este documento:
Estela Roeder Garbo - OGC - Minsa
Elena Bramon Esterripa - DST - Minsa
Janet Bouvy - DVM - MINSA
Nicolás Reto Torres - Disa Lima Ciudad
Myriam Strul - PAAG
María del Carmen Parra Gallegos - DGPS - Minsa
Patricia Escalante Noriega - DGPS - Minsa
Inés Amaga Cubas - SIS - MINSA
Roxana del Carpio - Idreh
Martha Rivasplata - OGC - Minsa
Dante Culqui Levano - OGE - MINSA
Ariela Luna Flórez - PARsalud - minsa
Inés Romero - PARSalud - MINSA
Raquel Hurtado La Rosa - DGSP - Minsa
Luis Robles - SG - MINSA
Luz Lugo Olivos - DISA Lima Sur
Alberto Cortez - Superintendencia Eps
Organizaciones de la Sociedad Civil
Ariel Frisancho Arroyo - Care Perú
María Edith Baca - Ops/oms
Fernando Rocabado - Ops/oms
Rosa Fernández - Ops/oms
María Mercedes Barnechea - Unfpa
Mario Tavara Zalazar - UNICEF
Gloria Arcos Paredes - Pathfinder
Jeanine Anderson - PUCP
Esperanza Reyes - UPCH
María Esther Mogollón - MAM Fundacional
Celeste Cambria - Proyecto Amares
Jessica Niño de Guzmán - Proyecto Amares
Marlene Rojas - Caritas del Perú
María del Rosario Jiménez - Defensoría del Pueblo
Marisol Cordero Frisancho - Proyecto Policy
María Isabel Rosas - Estudios Rosas
David Tejada Pardo - Consultor
Índice
1. Introducción
12
2. Finalidad del documento
13
3. Objetivo del documento
13
4. Base legal
13
5. Ámbito de aplicación
14
6. Aspectos conceptuales
6.1. Derechos humanos y derecho a la salud
a. Valores esenciales de los derechos humanos y la salud
b. Derecho a la salud, determinantes sociales y equidad en salud
c. Derechos humanos y ciudadanía diferenciada en salud
d. Derechos humanos en políticas y programas de salud 6.2. Equidad de género en salud
a. Conceptos básicos sobre género y salud. Género.
Características principales
b. Inequidades de género en salud
c. Equidad de género en políticas y programas de salud
6.3. Interculturalidad en salud
a. Conceptos básicos acerca de cultura e interculturalidad en salud
b. Inequidades étnico-culturales en salud
c. Interculturalidad en políticas y programas de salud
16
16
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22
23
23
23
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29
31
31
34
35
7. Marco programático: políticas, programas y estrategias nacionales
40
a. Normas generales40
b. Normas específicas del sector Salud
43
8. Orientaciones generales para la incorporación del enfoque de
derechos humanos, equidad de género e interculturalidad en salud
54
Glosario
62
Referencias bibliográficas
65
10
Enfoque de derechos humanos, equidad de género e interculturalidad en salud
Marco conceptual
Enfoque de derechos humanos, equidad de género e interculturalidad en salud
Marco conceptual
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1.
Introducción
La Unidad Técnica Funcional de Derechos Humanos, Equidad de Género e Interculturalidad,
adscrita a la Dirección General de Promoción de la Salud del MINSA, en cumplimiento de
sus objetivos funcionales ha desarrollado, con el apoyo de la Organización Panamericana de
la Salud, este marco conceptual, el cual es un documento técnico que desarrolla los diversos
conceptos de derechos humanos, equidad de género e interculturalidad en salud. Es un
instrumento orientador que brinda los elementos conceptuales básicos para la transversalización
de los enfoques de derechos humanos, equidad de género e interculturalidad en salud, en
el quehacer del sector, y de manera específica en sus lineamientos, planes y políticas, lo cual
constituye un elemento clave para la toma de decisiones, la planificación y el monitoreo en
salud, orientado hacia la equidad en salud.
Los contenidos del presente documento técnico están organizados en tres capítulos: en el
primero se explica por qué es necesario hablar de los derechos humanos cuando se trata de
que las personas –según su género y su cultura– accedan a buena salud, introduciendo los
valores básicos de los derechos humanos y las normas que los sustentan, como marco del
derecho a la salud; luego se relaciona el derecho a la salud y los determinantes sociales, y
se ejemplifican inequidades de género y de cultura en el ejercicio de derechos humanos en
salud.
En el segundo capítulo, el análisis se focaliza en la explicación con mayor profundidad de la
equidad de género y la interculturalidad y sus efectos en la salud. Así, entonces, se desarrollarán
algunos conceptos básicos relativos a la construcción de género y su influencia en la salud
de las personas, para pasar luego a analizar inequidades de género en salud articuladas con
otros determinantes sociales en la realidad del Perú, para por último sugerir a partir de qué
elementos se puede contribuir en la construcción de la equidad de género en salud.
En el tercer capítulo se analizan los conceptos de interculturalidad y salud, desarrollando ideas
fuerza explicativas de la dinámica de la cultura, la diversidad cultural y la interculturalidad,
y las formas generales que influyen sobre la salud de la población. Se reconoce, asimismo,
la existencia de sistemas de salud diversos. Se explican también las relaciones interétnicas
de desigualdad que se manifiestan en inequidades en el ejercicio del derecho a la salud
entendida como bienestar de las personas. Por último, se discute la importancia de generar
procesos de interculturalidad y formación de ciudadanía cultural a través de las políticas
públicas de salud.
Se concluye proponiendo orientaciones generales para el enfoque de derechos humanos,
equidad de género e interculturalidad en salud, para la incorporación de los enfoques en las
políticas y programas de salud. Se agradecen, asimismo, los valiosos aportes vertidos por los y
las participantes al taller de validación del documento, y los comentarios de las y los expertos,
que han enriquecido este documento.
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Enfoque de derechos humanos, equidad de género e interculturalidad en salud
Marco conceptual
2.
Finalidad del documento
El documento tiene por finalidad contribuir al desarrollo del conocimiento colectivo sobre
los enfoques de derechos humanos, equidad de género e interculturalidad en salud para
que orienten la toma de decisiones, la planificación y el monitoreo en salud a nivel nacional
descentralizado, aportando de esta manera en el proceso mediante el cual las mujeres y
hombres estén en igualdad de condiciones para alcanzar todos sus derechos y su potencial
para estar sanos, contribuir al desarrollo sanitario y beneficiarse de sus resultados, siendo
respetados y valorados en sus diferencias culturales.
3.
Objetivo del documento
Facilitar el proceso de transversalización de los enfoques de derechos humanos, equidad de
género e interculturalidad en salud, mediante su incorporación en la formulación de políticas,
planificación, monitoreo y evaluación de la promoción, prevención, atención, recuperación y
rehabilitación de la salud.
4.
Base legal
Las normas del sector Salud en las cuales se sustenta este documento técnico son las
siguientes:
• Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud, mediante la cual se creó el Seguro Integral
de Salud (SIS).
• Decreto Supremo Nº 003-2002-SA, que estableció las prestaciones del SIS.
• Decreto Supremo Nº 006-2006-SA, que amplió las prestaciones del SIS.
• Resolución Suprema Nº 014-2002-SA, que aprobó los “Lineamientos de Política
Sectorial para el Periodo 2002-2012 y Principios Fundamentales para el Plan Estratégico
Sectorial del Quinquenio Agosto 2001-Julio 2006”
• Resolución Ministerial Nº 729-2003-SA/DM, que aprobó el documento: “ La Salud
Integral: Compromisos de Todos - El Modelo de Atención Integral de Salud”.
• Resolución Ministerial Nº 668-2004-MINSA, que aprobó el documento: “Guías
Nacionales de Atención Integral de la Salud Sexual y Reproductiva”.
• Resolución Ministerial Nº 771-2004-MINSA, que estableció las Estrategias Sanitarias
Nacionales del Ministerio de Salud, entre las que se encuentran la de Salud Sexual y
Salud Reproductiva de las Personas y, Salud de los Pueblos Indígenas.
Enfoque de derechos humanos, equidad de género e interculturalidad en salud
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• Resolución Ministerial Nº 039-2005-MINSA, que creó la Unida Técnica Funcional de
Derechos Humanos, Equidad de Género e Interculturalidad en Salud.
• Resolución Ministerial Nº 111-2005-MINSA, que aprobó los “Lineamientos de Política
de Promoción de la Salud”.
• Resolución Ministerial Nº 195-2005-MINSA, que aprobó el “Plan General de la
Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Sexual Reproductiva 2004-2006”.
• Resolución Ministerial Nº 437-2005-MINSA, que aprobó la NT Nº 028-MINSA/DGSPV 01: “Norma Técnica para la Atención Integral de Salud a Poblaciones Excluidas y
Dispersas”.
5.
Ámbito de aplicación
Los conceptos de este documento técnico serán aplicados por todo el personal del sector
Salud: autoridades y funcionarias y funcionarios del nivel nacional, regional y local.
14
Enfoque de derechos humanos, equidad de género e interculturalidad en salud
Marco conceptual
Enfoque de derechos humanos, equidad de género e interculturalidad en salud
Marco conceptual
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6.
Aspectos conceptuales
6.1. Derechos humanos y el derecho a la salud
En 1948, finalizada la segunda guerra mundial, la comunidad internacional aprobó la
Declaración Universal de los Derechos Humanos, y es en 1966 cuando los Estados, entre
ellos el Estado peruano, ratifican dos tratados referidos a los derechos humanos, los cuales
son el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC) y el
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Dichos pactos son de carácter vinculante,
es decir, su cumplimiento es de carácter obligatorio para quienes los suscribieron; por
ello están garantizados por las normas internacionales, están protegidos legalmente, se
centran en la dignidad del ser humano, protegen a las personas y grupos de personas, son
interdependientes y están interrelacionados entre sí, son irrenunciables y son universales.
Es así que en la Declaración y programa de Viena se especifica que: “Todos los Derechos
Humanos son universales, indivisibles e interdependientes y están interrelacionados entre
sí. La comunidad internacional debe de tratar los Derechos Humanos en forma global y de
manera justa y equitativa, en pie de la igualdad y dándoles a todos el mismo peso. Debe
tenerse en cuenta la importancia de las particularidades nacionales y regionales, así como de
los diversos patrimonios históricos, culturales y religiosos, pero los Estados tienen el deber,
sean cual fueren sus sistemas políticos, económicos y culturales, de promover y proteger
todos los derechos humanos y las libertades fundamentales”.
a. Valores esenciales de los derechos humanos y la salud
Los derechos humanos se pueden definir como la expresión de los valores de la modernidad
–libertad, igualdad, solidaridad–. Al ser traducidos en términos jurídico-legales con el respaldo
constitucional del Estado de Derecho, se transforman en derechos ciudadanos; en su esencia
está el reconocimiento de la dignidad del ser humano como atributo inalienable de la persona,
y la salud como una condición esencial y atributo de la dignidad humana.
Los derechos humanos ofrecen las reglas básicas en las que se sostiene la convivencia social
civilizada actual. No es posible hablar de modernidad ni de dignidad humana sin referirse a
los grandes valores que dan fundamento a los derechos humanos: libertad, igualdad, justicia,
solidaridad, democracia y ciudadanía.
La libertad se concibe como un atributo personal e intransferible. Se la relaciona con los
derechos civiles en primer término y los derechos políticos, y es el principal valor defendido
por el pensamiento liberal.
Declaración y Programa de Viena, aprobados por la Conferencia Mundial de Derechos Humanos. Viena, junio de
1993 (documento A/CONF.137/23 de la Asamblea General de las Naciones Unidas).
Los derechos civiles son las libertades fundamentales de la persona, individuales por excelencia. Forman parte de
ellos la libertad personal, de palabra y de conciencia, los derechos a la propiedad y a la justicia. Tejada, D. Derechos
humanos, derecho a la salud, 2005 MINSA-OPS.
Los derechos políticos complementan las libertades individuales pero asumen la interacción del individuo en sociedad y en democracia. Son el derecho a elegir y ser elegido, de reunión y de participación política; Tejada, D. (ob.
cit.).
1
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Enfoque de derechos humanos, equidad de género e interculturalidad en salud
Marco conceptual
La igualdad es una categoría que unifica a la humanidad en un solo rango y se relaciona
especialmente con los derechos sociales:
“No obstante, en general se puede decir que este punto de llegada es la conclusión
de un proceso histórico de sucesivas equiparaciones de la diversidad, o de sucesivas
eliminaciones de la discriminación entre los individuos, que ha hecho desaparecer
paulatinamente las categorías parciales discriminadoras, integrándolas en una
categoría unificadora general (...). La igualdad entre todos los seres humanos respecto
a los derechos fundamentales es el resultado de un proceso de eliminación gradual
de las discriminaciones y, por tanto, de unificación de aquello que se reconocía como
idéntico: una naturaleza común del hombre por encima de las diferencias de sexo,
raza, religión, etc”.
A la igualdad se la entiende en términos sociales y tiene relación estrecha con lo planteado como
criterio básico en la Declaración de los Derechos Humanos de 1948, igualdad en dignidad y
derechos de todos los seres humanos. El concepto declarado en 1948 se ha enriquecido con
los conceptos de igualdad como equidad, y luego igualdad de oportunidades, que supone
desarrollo de capacidades básicas y uso apropiado de éstas.
Este último concepto predomina en las políticas públicas nacionales y justifica la focalización
hacia los más pobres. Tiene algunas limitaciones, como las de dejar de lado las desigualdades,
segmentar las políticas y estigmatizar grupos humanos, además de propiciar la igualdad en la
coyuntura inicial, pero no la redistribución paulatina y progresiva hasta llegar a la equidad.
El valor de justicia se desprende de los de equidad e igualdad de oportunidades, supone
satisfacción de la dignidad y el libre desarrollo de la personalidad del ser humano garantizados
por el ejercicio efectivo de todos los derechos consagrados, con un mínimo de bienes y
recursos socioeconómicos esenciales y el desarrollo de capacidades básicas para las personas.
En este sentido, el ejercicio y cumplimiento de los derechos humanos son indispensables para
el desarrollo social sostenible.
Esto se da a través de la libre elección de proyectos de vida individuales en el marco de un
proyecto social compartido. Los gobiernos tienen la responsabilidad de crear las condiciones
para que los individuos adquieran esas capacidades básicas. “El proceso de la justicia es unas
veces de diversificación de lo diverso y otras de unificación de lo idéntico”.
La confraternidad o solidaridad son principios de los derechos humanos, y guardan coherencia
con los criterios de justicia y equidad desde los cuales se busca que los grupos o poblacionales
que por condiciones relacionadas con el sexo, el género, la etnia, la edad, el estatus y la
posición estén en condición o situación de vulnerabilidad, tengan las mismas oportunidades
para desarrollarse plenamente. Por otra parte, los valores de democracia y ciudadanía son
interdependientes y refuerzan mutuamente el derecho de todas las personas a participar en
forma voluntaria en todos los aspectos y decisiones de sus vidas.
Según lo señala la Declaración de Viena (1993), “La democracia se basa en la voluntad del
pueblo, libremente expresada, para determinar su propio régimen político, económico, social y
cultural, y en su plena participación en todos los aspectos de la vida”. Ciudadanía es, a su vez, “el
Bobbio, Norberto, 1997, citado por D. Tejada (ob. cit.).
Sen, Amartya y Marta Nussbaum. Introducción. En: La calidad de vida. UNU, FCE, México. 1996.
Bobbio, Norberto, 1997, citado por D. Tejada (ob. cit.).
Enfoque de derechos humanos, equidad de género e interculturalidad en salud
Marco conceptual
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derecho de todos y todas a tener todos los derechos, garantizados por el Estado (...) legitimados y
defendidos por la sociedad y con asunción, por parte de cada persona o colectivo de personas, de
las correspondientes responsabilidades, deberes y restricciones hacia la comunidad nacional de la
que se forma parte”.
Así mismo el derecho a la salud y el derecho a la seguridad social se articulan con los
principios de igualdad y solidaridad y forman parte de los denominados derechos sociales; y
los derechos sexuales y reproductivos se asocian con la libertad en tanto se los relaciona con
la capacidad individual de controlar y tomar decisiones sobre la propia vida.
Entonces se constata que existe diversos vínculos entre los derechos humanos y la salud
tales como: La violación o desatención de los derechos humanos pueden tener consecuencias
graves para la salud. Las políticas y programas sanitarios pueden promover los derechos
humanos o violarlos. Las estrategias con las cuales se vulnera la mala salud pueden tener
medidas con las cuales se respete, proteja y cumpla con los Derechos Humanos. Se pueden
señalar como ejemplos de la relación entre la salud y los Derechos Humanos los presentados
en el siguiente gráfico elaborado por la OMS.
D. Tejada (ob. cit.).
Los derechos sociales se refieren a que su ejercicio no es posible al margen de la sociedad. Incluyen los económicos,
sociales propiamente dichos y culturales. Son individuales y colectivos al mismo tiempo y se relacionan con el
bienestar social y la seguridad económica. D. Tejada (ob. cit.).
OMS. 25 preguntas y respuestas sobre salud y derechos humanos. Ginebra: 2002.
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Enfoque de derechos humanos, equidad de género e interculturalidad en salud
Marco conceptual
Luego de estas consideraciones se puede afirmar que la aplicación del enfoque de derechos
humanos en el trabajo en salud implica considerarlo como marco general de las políticas
de desarrollo sanitario, priorizando a las personas o grupos vulnerables; estableciendo y
practicando métodos de evaluación de impacto de las intervenciones en salud y de rendición
de cuentas que integren los derechos humanos en todas las acciones del sector. Asimismo se
deben tomar medidas eficaces frente a las acciones de salud que vulneran el ejercicio de los
derechos humanos.
b. Derecho a la salud, determinantes sociales y equidad en salud
Los derechos económicos, sociales y culturales (DESC) son de gran importancia, y fueron
establecidos en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC
1966) y ratificados en el año 2002. El Comité encargado de velar por su aplicación define a la
pobreza como “una condición humana que se caracteriza por la privación continua o crónica
de los recursos, la capacidad, las opciones, la seguridad y el poder necesarios para disfrutar
de un nivel de vida adecuado y de otros derechos civiles, culturales, económicos, políticos y
sociales”. En este sentido, los DESC se constituyen en un instrumento clave para la reducción
de la pobreza, y el incremento de la capacidad de acción de la población en situación de
pobreza10. Suponen la intervención del Estado mediante las políticas públicas para garantizar
la provisión equitativa de un conjunto de servicios básicos como educación, salud, seguridad
social, saneamiento ambiental, y prever condiciones que garanticen el empleo, participación
social y política. A continuación se presenta una tabla con la disgregación según contenidos
de los derechos económicos, sociales y culturales.
Derechos económicos, sociales y culturales (DEMUS, 2005)
Tipo de derechos
Contenido
Económicos
•Desarrollo económico.
•Propiedad.
•Acceso al crédito.
Sociales
•Trabajo, salario justo y protección contra el
desempleo.
•Libertad sindical y de huelga.
•Protección social y asistencia a la familia.
•Vivienda digna.
•Satisfacción de necesidades de alimentación y
vestido.
•Salud física y mental, y a una atención de salud de
calidad, incluida la salud sexual y reproductiva.
Culturales
•Educación, instrucción y capacitación.
•Respeto de las manifestaciones culturales y
cosmovisión basadas en el género, la ascendencia
étnica y la orientación sexual.
•Propiedad intelectual.
•Libertad de participar en actividades artísticas y
creativas.
•Gozar del beneficio del progreso científico.
10
Ibídem.
Enfoque de derechos humanos, equidad de género e interculturalidad en salud
Marco conceptual
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En la Constitución de la OMS (1946) se consagró por primera vez el “derecho al grado máximo
de salud que se pueda lograr”, o “derecho a la salud”. Luego, en 1948, fue ratificado por la
Declaración Universal de los Derechos Humanos: “toda persona tiene derecho a un nivel de
vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la
alimentación y el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios,
tiene así mismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez,
vejez y otros casos de pérdidas de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes
de su voluntad”11.
Para entender el concepto de equidad en salud es necesario definir previamente el concepto
de equidad o ausencia de diferencias particularmente injustas, del de igualdad o ausencia
de diferencias en general. La búsqueda de equidad en salud significa la apuesta por acciones
de reducción de las desventajas sociales o sus efectos sobre la salud en los grupos más
desprotegidos. Por lo tanto, requiere prestar atención especial a dichos grupos. Las leyes
internacionales de derechos humanos reconocen las medidas de acción positiva a favor de los
grupos más desprotegidos como medio para asegurar la igualdad genuina en la práctica, y
para que todas las personas puedan ejercer en igualdad de condiciones su derecho a la salud
y tener las mismas posibilidades de un desarrollo saludable.
La violación o descuido de los derechos humanos puede tener consecuencias graves
para la salud de las personas, y la vulnerabilidad frente a la mala salud puede disminuir
tomando medidas para respetar, proteger y hacer cumplir los derechos humanos (OMS,
2002).
En mayo del 2000, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales encargado de
supervisar la aplicación del PIDESC (Pacto Interamericano de Derechos Económicos, Sociales
y Culturales, ratificado por 145 países en mayo del 2002), adoptó una observación general
en la que reconoce y consagra al derecho a la salud dentro de los derechos humanos. En
esta se explica que el derecho a la salud está vinculado con otros derechos de los cuales
depende su realización. Estos son: el derecho a la alimentación, al trabajo, a la vivienda,
a la educación, entre otros. Asimismo, lo interpreta como un derecho inclusivo, es decir
que no solo abarca la atención de salud oportuna y apropiada, sino también los principales
factores determinantes de la salud –el acceso al agua limpia y potable así como a condiciones
sanitarias adecuadas, el suministro adecuado de alimentos sanos, una nutrición apropiada
y una vivienda saludable, condiciones sanas y seguras en el trabajo y el medio ambiente, y
acceso a la educación e información sobre cuestiones relacionadas con la salud, incluida la
salud sexual y reproductiva–.
Corresponde entonces a los gobiernos firmantes del Pacto y a las autoridades públicas
establecer políticas y planes de acción para que todas las personas tengan acceso a servicios
de salud disponibles y suficientes con calidad y aceptabilidad de toda la población, y al
mismo tiempo para que se intervenga sobre los determinantes sociales que afectan el estado
de salud12.
11
12
Ibídem.
Ibídem.
20
Enfoque de derechos humanos, equidad de género e interculturalidad en salud
Marco conceptual
El Pacto Internacional de Derechos, Económicos, Sociales y Culturales y el Pacto Internacional
de Derechos Civiles y Políticos, ambos de carácter vinculante, profundizan lo que está
establecido de manera general en la Declaración Universal de Derechos humanos (DUDH,
1948), establecen las obligaciones de los gobiernos referidas a respetar, proteger y cumplir
los derechos.
Teniendo como base estos tres documentos, se han establecido otros tratados internacionales
de derechos humanos centrados en categorías o grupos concretos de la población como la
Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial
(1963), la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la
Mujer (1979), la Convención sobre los Derechos del Niño (1989), la Convención Contra la
Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (1984). Asimismo, se ha
adquirido compromisos políticos en las conferencias internacionales como El Cairo y Beijing,
que han servido para aclarar y dar contenido a ciertos derechos o grupos de derechos tales
como los derechos sexuales y reproductivos.
Derechos sexuales y reproductivos
Los derechos sexuales y reproductivos están protegidos actualmente por los instrumentos
legales internacionales13 que se detallan a continuación:
•Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948)
•Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (1976)
•Pacto de Derechos Económicos y Sociales (1976)
•Convención Internacional por la Eliminación de Todas las Formas de
Discriminación contra la Mujer (1981)
•Convención sobre los Derechos del Niño (vinculante, 1990)
•Declaración y Programa de Acción de la Conferencia Internacional de Derechos
Humanos, Viena (1993)
•Programa de Acción de la Conferencia Internacional de Población y Desarrollo,
El Cairo (1994)
•Programa de Acción de la Conferencia Mundial de la Mujer, Beijing (1995)
Los Estados y sus gobiernos tienen obligaciones específicas respecto a estos derechos para
garantizarlos y fortalecerlos, en el sentido de crear capacidades esenciales para su disfrute, no
sólo en cuanto a umbrales mínimos sino a niveles óptimos de salud. Los derechos sexuales y
reproductivos abarcan ciertos derechos humanos, y se basan en el reconocimiento del derecho
básico de todas las parejas e individuos a decidir libre y responsablemente el número de hijos,
el espaciamiento de los nacimientos y el intervalo entre éstos, y a disponer de la información
y de los medios para ello y el derecho a alcanzar el nivel más elevado de salud sexual y
reproductiva. Igualmente, incluye el derecho a adoptar decisiones relativas a la reproducción
sin sufrir discriminación, coacciones ni violencia, de conformidad con lo establecido en los
13
OPS-OMS, Güesmez, Ana. Reforma del sector salud y derechos sexuales y reproductivos, Washington, D. C.: 2005.
Enfoque de derechos humanos, equidad de género e interculturalidad en salud
Marco conceptual
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pactos internacionales sobre derechos humanos y en la Conferencia Internacional de Población
y Desarrollo (El Cairo 1994).
Los derechos sexuales como parte de los derechos humanos incluyen los derechos de
las personas a tener dominio sobre su sexualidad incluyendo en ésta a la salud sexual y
reproductiva, la opción sexual, y a decidir libre y responsablemente, con libertad y sin
coerción, discriminación o violencia, y a disponer de la información necesaria para ejercer el
control y decisiones informadas sobre su sexualidad y reproducción (Conferencia Mundial de
la Mujer Beijín, 1995). Esto se refiere también a que el Estado debe proporcionar atención de
salud culturalmente adecuada a los conocimientos y prácticas de salud sexual y reproductiva
de las diversas etnias que habitan en el Perú, e igualmente, fomentar actitudes en el personal
de salud, de respeto, tolerancia y valoración de la diversidad cultural. Paralelamente, se
deberá asegurar mecanismos mediante los cuales el personal de salud se comunique en las
lenguas nativas correspondientes a su zona de trabajo, a fin de garantizar la comunicación
lingüística y el diálogo intercultural.
c. Derechos humanos y ciudadanía diferenciada en salud
Desde la década de los sesenta empezaron a surgir derechos específicos, siendo los de mayor
trascendencia los derechos de la mujer, la niñez y los pueblos indígenas. Las acciones del
movimiento feminista y de defensa de los derechos de la mujer hicieron ver la necesidad de
un trato diferenciado a favor de las poblaciones más débiles, vulnerables y discriminadas, lo
cual ayudó a entender la justicia en términos de equidad, la cual es entendida como el acceso
de las personas, en función de sus necesidades, a oportunidades para gozar de bienestar
y lograr su desarrollo. En este sentido, la equidad es un “imperativo ético estrechamente
asociado a los derechos humanos y la justicia social”14.
La búsqueda de equidad en salud implica, entonces, el intento de reducir las desventajas
sociales o sus efectos sobre la salud entre los grupos más desprotegidos, es decir desfavorecidos
o vulnerables desde el punto de vista económico, social o político o marginados por algún
otro motivo. Esto requiere prestar atención especial a dichos grupos, por lo cual las leyes
internacionales de derechos humanos reconocen las medidas de acción positiva para asegurar
la igualdad genuina en la práctica, y para que todas las personas puedan ejercer en igualdad de
condiciones su derecho a la salud y tener las mismas posibilidades de un desarrollo saludable,
reforzando así el principio de equidad15.
En esta perspectiva, el enfoque de derechos humanos incluiría dimensiones particulares como la de
equidad de género, y la étnico-cultural. Estas tendrían que aplicarse de manera transversal a todas
las políticas públicas y sus dispositivos correspondientes, dando una opción preferencial a los más
pobres, desvalidos, desprotegidos, vulnerables, discriminados o marginados, sin que esto reemplace
el principio de universalidad por el de focalización. Siguiendo esta lógica, el grupo prioritario para la
protección y garantía de sus derechos sería el de las “mujeres y niñas pobres de los grupos andinos
y amazónicos que viven en zonas rurales”16.
OPS/OMS Unidad de Género y Etnia. 2003 Indicadores Básicos para el Análisis de la Equidad de Género en Salud
OMS (ob. cit.).
16
Tejada (ob. cit.).
14
15
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Enfoque de derechos humanos, equidad de género e interculturalidad en salud
Marco conceptual
d. Derechos humanos en políticas y programas de salud
Las políticas públicas son los instrumentos de concreción más importantes de los derechos
sociales cuyos contenidos están relacionados con el bienestar social y la seguridad económica
esencial para llevar una vida digna. El derecho a la salud es un derecho social que se
garantiza a nivel de las políticas de salud desde el enfoque de derechos, el cual consiste en
la transversalización de este en el marco ético y normativo del desarrollo sanitario, y desde
el diagnóstico hasta la formulación, ejecución y evaluación, es decir de todo el ciclo de
planificación y programación de las políticas, evaluando las consecuencias que tiene cualquier
política, programa o legislación sanitaria para los derechos humanos y adoptar medidas al
respecto.
Todo ello se traducirá en las orientaciones generales del enfoque, las cuales se desarrollarán
en el último capítulo de este documento.
6.2. Equidad de género en salud
a. Conceptos básicos sobre género y salud. Género. Características principales
Género es diferente de sexo, y no es sinónimo de mujer. Sexo hace referencia a las diferencias
biológicas entre el hombre y la mujer. Género es una construcción social y cultural creada
a partir de dichas diferencias y se refiere a relaciones sociales y de poder basadas en las
diferencias sexuales, a la distribución y toma de decisiones sobre la distribución de recursos,
las responsabilidades y el acceso a servicios.
El término se usa muchas veces equivocadamente como sinónimo de “mujeres”. Se piensa
que trabajar con enfoque o perspectiva de género implica desarrollar acciones exclusivamente
con mujeres, o estudiar temas relativos a la mujer.
Género es un concepto relacional en la medida en que “toda sociedad tiene un sistema de
sexo-género (…) que puede ser sexualmente igualitario o estratificado por géneros (…), en los
cuales la opresión no es inevitable, sino que es producto de las relaciones sociales específicas que lo
organizan”17.
El género es un elemento de las relaciones sociales18 basadas en las diferencias sexuales, y una
forma primaria de relaciones significativas de poder. Asimismo, distingue cuatro elementos
principales del género: los símbolos y mitos, los conceptos normativos y/o doctrinas, las
instituciones y organizaciones sociales (como el sistema de parentesco y la familia); y
la identidad individual y grupal. En este sentido, el género estructura la percepción y la
organización concreta y simbólica de toda la vida social tanto de las mujeres como de los
hombres.
El género presenta las siguientes características:
•Es relacional; porque se estable en las relaciones que se construyen en la esfera doméstica,
social y laboral entre hombres y mujeres, entre hombres y hombres, y entre mujeres y
Rubin, Gayle. “El tráfico de mujeres: notas sobre la ‘economía política del sexo’”. En: PUCP, Facultad de Ciencias
Sociales, Programa de Estudios de Género. Género, conceptos básicos. Lima 1997.
18
Scott, Joan W, “Gender: a useful category of historical analysis”. En: Lamas, Martha. Usos, dificultades y posibilidades
de la categoría “género”. En: PUCP, Facultad de Ciencias Sociales, Programa de Estudios de Género. Género, conceptos
básicos. Lima, 1997.
17
Enfoque de derechos humanos, equidad de género e interculturalidad en salud
Marco conceptual
23
mujeres; asimismo, las relaciones entre los géneros o intragénero cobran significados
diferentes cuando se dan otros componentes que influyen en las relaciones como son el
componente étnico racial, generacional, económico y cultural. Todo esto hace referencia a
la complejidad de las relaciones interpersonales.
•Es jerárquico; porque en las relaciones que se establecen entre los géneros, el ejercicio de
poder real y simbólico atribuye mayor importancia y valor a uno de ellos, produciendo
así relaciones desiguales e inequitativas de poder en una gran parte de las sociedades
humanas. En nuestras culturas, el ejercicio de poder generalmente lo ejerce el género
masculino, desvalorizándose a las mujeres, lo cual impide el acceso a bienes, servicios,
oportunidades y el ejercicio pleno de sus derechos.
•Es cambiante; porque la asignación de los roles y la dinámica de las relaciones interpersonales
y organizacionales se modifican a lo largo del tiempo; estos cambios pueden ser influenciados
por diversos factores tales como el acceso a la educación, el acceso al trabajo remunerado
y también por la acción de proyectos o programas específicos. El mayor acceso de las
mujeres al trabajo y la educación ha modificado la distribución familiar y la asignación de
tareas, así como la toma de decisiones y la disposición de los bienes y recursos.
•Es contextualmente específico; en tanto que el valor y los roles que se atribuye a mujeres
y hombres, así como el tipo de relaciones que se establecen entre ellos, son diferentes entre
una cultura y otra; estas variaciones también están influenciadas por la etnia, la clase, la
cultura, las edades, entre otros. En los Andes, el parto es tradicionalmente atendido por
varones o mujeres y con presencia de familiares. En la selva, la mujer se va a dar a luz
sola, y sólo se admite la presencia y el apoyo de mujeres. Las muertes maternas ocurren
mayoritariamente en las mujeres pobres, rurales y de origen indígena. La expectativa de vida
de los hombres y mujeres de las regiones más pobres y excluidas del Perú (Huancavelica,
Puno, entre otros) es veinte años menor que la de quienes viven en Lima.
•Está institucionalmente estructurado; porque no sólo se refiere a las relaciones entre
mujeres y hombres a nivel privado, sino a un sistema social; al ser el género relacional, estas
relaciones se estructuran en el espacio individual, familiar o laboral. Es fácil comprobar que
las instituciones tanto privadas como públicas favorecen la presencia de varones en los
cargos de mayor peso en cuanto a decisiones políticas y manejo de recursos. Como otro
ejemplo se puede mencionar que los servicios de salud están estructurados para atender las
necesidades fundamentalmente reproductivas de las mujeres, más no las de los varones.
Resumiendo, el género es una construcción social y cultural basada en las diferencias sexuales,
que organiza las relaciones sociales y define el comportamiento, las funciones, oportunidades y
valoración de mujeres y varones de un grupo humano histórica y geográficamente determinado.
Sus principales elementos son símbolos y mitos, normas, instituciones y organizaciones sociales,
y la identidad individual y grupal, los cuales son modificables en el tiempo. En una gran parte de
las sociedades humanas se traduce en relaciones jerárquicas y de poder entre hombres y mujeres,
donde estas últimas generalmente se encuentran en desventaja.
24
Enfoque de derechos humanos, equidad de género e interculturalidad en salud
Marco conceptual
Para tener una mejor comprensión de la implicancia del concepto de género y de su impacto
en el desarrollo se describe a continuación el género en la planificación del desarrollo y la
salud.
Género en la planificación del desarrollo y la salud
Las metas del género en la planificación del desarrollo son la equidad, el desarrollo
sustentable, la democracia, la participación y la ciudadanía.
La aplicación del enfoque de género en programas y proyectos se inicia cuando las Naciones
Unidas proclaman la Década para la Mujer (1975-1985), en la cual se resaltó el rol de las
mujeres en el desarrollo económico y social de sus países y comunidades, y la difícil situación de
las mujeres de bajos ingresos en las economías del Tercer Mundo, desarrollándose el enfoque
de Mujer en el Desarrollo (MED). Este enfoque identifica como valioso el aporte económico
de las mujeres en la economía y hace énfasis en que la subordinación de las mujeres se debe
a la exclusión de éstas en el mercado laboral; según esta premisa se impulsan proyectos que
involucran únicamente a mujeres y tiende a considerarlas de manera aislada.
Posteriormente, surge el enfoque de género y desarrollo (GED) que parte de la crítica al
anterior, y cuyo marco de análisis se fundamenta en las relaciones sociales entre mujeres y
hombres, la división sexual del trabajo, y las relaciones de poder y subordinación que colocan
a las mujeres en situación de desventaja, reconociéndose que el problema de la inequidad
entre los sexos no atañe sólo a las mujeres sino a la sociedad en su conjunto.
Su meta es la equidad entre los sexos y la democracia participativa, donde mujeres y hombres
son sujetos de derechos, se los reconoce con diferentes necesidades, debido a que desempeñan
diferentes roles: reproductivo, productivo y de gestión comunal.
En la década de los noventa, Caroline Moser19 desarrolla los conceptos de necesidades
prácticas y estratégicas, que pueden ser empleados para planificar las acciones de salud. Las
necesidades prácticas son fácilmente identificables, pues se refieren a condiciones de carencia
de medios y recursos para la subsistencia, por lo cual tienen que ver con la insatisfacción de
necesidades básicas: vivienda, salud, educación, ingreso, etc. Estas necesidades derivan de los
roles asignados por la sociedad (ser madre, esposa y ama de casa). Cuando las intervenciones
se planifican para satisfacer las necesidades prácticas, tendrán por objetivo facilitar el acceso
de las mujeres a los recursos para la supervivencia y mantenimiento de la salud, pero no
llegan a superar inequidades que pueden ser la causa de las necesidades insatisfechas.
Las necesidades estratégicas se refieren a las desventajas y menores oportunidades que
afectan a las mujeres como conjunto, por el hecho de ser mujeres, es decir por su condición.
Las necesidades estratégicas están dadas por las causas de las desigualdades y discriminación.
Cuando se planifica sobre la base de las necesidades estratégicas (que están asociadas a
la posición de subordinación o desventaja en que se encuentran las mujeres), propone
19
Moser, C. O. N. (1989), “Gender Planning in the Third World: Meeting Practical and Strategic Gender Needs”,
World Development, vol. 17, N.º 11. Trad. cast.: “La planificación de género en el Tercer Mundo: enfrentando las
necesidades prácticas y estratégicas de género”, en Guzmán, Portocarrero y Vargas (eds.), Una Nueva Lectura: Género
en el Desarrollo, Entre Mujeres, Lima, 1991
Enfoque de derechos humanos, equidad de género e interculturalidad en salud
Marco conceptual
25
alternativas de solución: eliminación de la división sexual del trabajo, la abolición de formas
institucionales de discriminación como el derecho a la tenencia de la tierra, acceso al crédito,
acceso a los servicios de salud, acceso a la educación, etc.
En este tipo de intervenciones las acciones son planificadas a largo plazo y se refieren a mejoras
en su posición con respecto al varón, a la toma de decisiones autónomas y al aumento de
control sobre los recursos de supervivencia y mantenimiento de la salud20. En el siguiente
cuadro se identifican las intervenciones según el tipo de necesidades.
Necesidades prácticas de género
Necesidades estratégicas de género
•De corto plazo.
•Fácilmente identificables.
•Requerimientos biológicos y condiciones
específicas.
•Referentes a bienes y servicios.
•Mujeres y varones desempeñan un rol
pasivo.
•Su satisfacción mejora la condición de las
personas beneficiarias, pero no modifica
roles y relaciones de desigualdad de
género. •De largo plazo.
•No se identifican fácilmente.
•Se refieren a inequidades y relaciones de
poder.
•Referentes al empoderamiento de las
personas.
•Mujeres y varones son participantes
activos.
•Su satisfacción mejora la posición de
las personas beneficiarias, y revierte las
relaciones de poder hacia una mayor
equidad.
b. Inequidades de género en salud
Influencia del género en la salud de la población
La construcción social del género incide en la salud de la población mediante la socialización y
las instituciones sociales; esta manera puede impulsar comportamientos de riesgo y patrones
de acceso y control de los recursos individuales y sociales para la salud, diferenciados y
muchas veces desiguales y desventajosos para ambos géneros.
A través del proceso de socialización, fundamentalmente en la familia y la escuela, se reproducen
estereotipos de desigualdad de género que asignan ciertas características a las mujeres,
definiéndolas como sensibles, dóciles, serviciales, emotivas, maternales, débiles, temerosas;
a su vez, los varones son presentados como fuertes, valientes, racionales, competitivos,
agresivos, sexuales. Estos estereotipos generan comportamientos de riesgo diferenciados para
cada sexo, los cuales dan lugar a perfiles de salud y enfermedad diferentes según el género.
Por ejemplo, en la adolescencia, juventud y adultez la mayor incidencia de problemas de
riesgos de mayor presencia en los varones son los asociados a los accidentes, traumatismos,
homicidios y el alcoholismo. En las mujeres del mismo grupo etario predominan aquellos
relacionados con la salud sexual y reproductiva y la violencia basada en el género.
Por otra parte, las instituciones de la sociedad perpetúan la desigualdad, reproduciendo en
su quehacer cotidiano los estereotipos de género. De esta manera condicionan el acceso, uso
20
OPS-OMS. Mujer, salud y desarrollo. Conceptualización de género para la planificación en salud. Washington D. C.,
1995.
26
Enfoque de derechos humanos, equidad de género e interculturalidad en salud
Marco conceptual
y control inequitativo de los recursos necesarios para el cuidado de la salud de las personas.
Por ejemplo, en una familia donde sólo el hombre es proveedor y la mujer se desempeña
como madre y ama de casa, ella no dispone por sí misma de dinero para pagar su atención
en un servicio de salud. Muchos hombres esperan a estar muy graves para acudir a la consulta
médica, porque la sociedad les exige demostrar fortaleza y ocultar su padecimiento, aun
poniendo en riesgo su salud y hasta su vida.
Una mujer tal vez reconozca que tiene un problema ginecológico, pero puede estar demasiado
avergonzada y tímida como para planteárselo al médico varón. O bien, los hombres pueden
no atreverse a hacerse el examen de detección de cáncer de próstata por temor a afectar su
virilidad, al ser examinados en sus partes íntimas; por otra parte, los servicios de salud sexual
y reproductiva no están pensados para responder a las necesidades de salud masculina.
Se han analizado las dimensiones de la inequidad de género en la salud de la Región de las
Américas21 llegándose a las siguientes conclusiones:
a)Las diferencias entre mujeres y varones respecto de: la esperanza de vida, la prevalencia
de enfermedades y daños, la carga de enfermedad, la utilización de servicios, las
responsabilidades financieras, la provisión de salud, el poder de decisión, y las necesidades
particulares son, a menudo, una fuente de desigualdad, exclusión o discriminación que
afecta principalmente a las mujeres.
b)Frecuentemente se demuestra que las mujeres utilizan más los servicios de salud, lo que
se interpreta erróneamente como una ventaja por desconocerse que ellas tienen mayor
necesidad de los servicios de salud, derivada particularmente de su rol biológico en la
reproducción, su más alta morbilidad y su mayor longevidad (se estima que el 34% de la
carga de enfermedad se debe a problemas de salud reproductiva).
c)Las causas de enfermedad y muerte prematura en las mujeres son evitables en su mayoría.
Las complicaciones del embarazo y el parto siguen siendo una de las primeras causas de
mortalidad femenina durante las edades reproductivas en la región. La mortalidad materna
ha sido calificada por la OPS como el reflejo más claro de la discriminación y la posición
social de la mujer y reconocida como uno de los marcadores del compromiso de los Estados
con el derecho a la salud.
d)La sobremortalidad masculina alcanza proporciones dramáticas (5 a 10 veces mayores) en
relación con accidentes, violencia, suicidios y conflictos armados; o la mayor dependencia
del alcohol (7 veces mayor) o las drogas ilegales (3 veces mayor). La relación desigual
de poder entre hombres y mujeres, y las exigencias sociales asociadas a las funciones y
atributos de la masculinidad, tienen efectos claramente negativos sobre la vida y la salud
de los hombres.
e)Las familias o los hogares no pueden constituirse en la unidad mínima de análisis estadístico
o de intervención. La titularidad de los derechos humanos es individual, por tanto la
persona es la unidad de la que se debe partir. Es necesario considerar la asimetría en la
asignación de recursos dentro del hogar para el disfrute de la salud.
Gómez, 1998, 2000, 2001 en OPS-OMS.
Güesmez, Ana (ob. cit.).
21
Enfoque de derechos humanos, equidad de género e interculturalidad en salud
Marco conceptual
27
f)La pobreza ejerce un efecto más negativo en la salud y la supervivencia de las mujeres que
en las de los hombres. En los grupos de mayores ingresos, el riesgo de muerte prematura es
claramente más alto para los hombres que para las mujeres. Sin embargo, entre los grupos
pobres, este diferencial por sexo se reduce considerablemente e incluso desaparece.
g)La pobreza restringe desproporcionadamente el acceso de las mujeres a los servicios de
salud. Existe una brecha general entre los pobres y los no pobres, y es entre los pobres
donde la brecha entre géneros es mayor.
h)En el sector formal del sistema de salud las mujeres se concentran en las ocupaciones
de menor remuneración, prestigio y poder de decisión, y en el ámbito informal de la
comunidad y la familia, el trabajo de las mujeres es gratuito y no figura en las cuentas
nacionales.
i)Las mujeres tienen mayores responsabilidades y menor poder y reconocimiento en la
producción de la salud. Ellas representan el 80% de la fuerza laboral en salud y son las
principales gestoras y proveedoras de atención dentro de la familia y la comunidad. En
efecto, más del 85% del cuidado de la salud tiene lugar fuera de los servicios, y esta
atención es provista mayoritariamente por mujeres en el hogar y en la comunidad de
manera gratuita.
Algunas inequidades de género y otros determinantes sociales de la salud en el Perú
Las mujeres son las principales responsables y ejecutoras del trabajo doméstico y, a mayor
pobreza, peores condiciones de trabajo y mayor jornada. El acarreo de agua y leña determinan
un aumento considerable de la carga de trabajo. Cuando lavan ropa fuera de la vivienda, se
exponen a condiciones climáticas que les causan reumatismo y artrosis.
El aporte en ingresos de las mujeres al total de ingresos en el hogar es especialmente
significativo en zonas urbanas. En las zonas rurales, su aporte tiene menor significación en el
alivio de la pobreza, porque una alta proporción de mujeres rurales trabaja sin remuneración
en dinero. El trabajo doméstico es más intenso en edades reproductivas, y aún más cuando
tienen un número elevado de hijos.
El 21% de las mujeres no tienen o no ha completado su educación. El acceso a la educación
de las mujeres está relacionado con el nivel de pobreza y el área de residencia, evidenciándose
que el 36 % de la mujeres de la sierra no terminaron la educación primaria o no tienen
ningún grado de escolaridad en comparación con el 6 % de mujeres de Lima metropolitana;
y que las mujeres de inferior de riqueza tienen cuatro años de escolaridad promedio que se
incrementa hasta 11 años promedio en el quintil superior22.
La violencia contra la mujer ejercida por la pareja es una de las manifestaciones más extremas
de la desigualdad de género, y una de las principales barreras para el empoderamiento de
la mujer. Muchas mujeres, en zonas urbanas y rurales, son violentadas físicamente por sus
parejas. Las mujeres sin educación, con primaria y con secundaria, son afectadas de manera
similar. La incidencia es menor en aquellas con nivel educativo superior.
22
28
INEI 2005 Encuesta Demográfica de Salud Familiar – ENDES Continua 2004.
Enfoque de derechos humanos, equidad de género e interculturalidad en salud
Marco conceptual
La mortalidad infantil es atribuible a riesgos derivados de la calidad de vida de los hogares
y en particular de las mujeres. La educación de la madre es el factor de mayor peso. Las
mujeres sin educación tienen un riesgo superior de muerte de sus hijos menores de 5 años
que aquellas con educación superior. En el Perú, la mortalidad materna ha experimentado
un descenso importante en la década del noventa, pero mantiene niveles todavía altos. Es
resultado de causas evitables, asociadas fundamentalmente a las condiciones de vida de las
mujeres.
La incidencia del sida es más elevada entre los hombres; la mayoría de las personas peruanas
con sida son adultas, de las cuales la tercera parte son mujeres. Por razones biológicas, la
transmisión del virus por contacto sexual es más probable de hombre a mujer que al revés;
las relaciones de desigualdad de género dificultan a las mujeres el uso de preservativo en la
relación sexual23.
c. Equidad de género en políticas y programas de salud
Equidad es “un concepto ético asociado a los principios de los derechos humanos y la justicia
social”24. Se entiende que la distribución de oportunidades para gozar de bienestar se guía por
las necesidades de las personas y no por sus prerrogativas sociales. La búsqueda de equidad es
el eje y mandato de la OPS y la OMS, y la perspectiva de equidad de género ha sido señalada
por la Organización como un principio básico y un “reto ético y político impostergable en los
procesos de reforma que nos asegurará tener sociedades más justas y saludables”25; es decir, con
ciudadanos y ciudadanas en pleno ejercicio de sus derechos.
Las obligaciones para la búsqueda de equidad de género se refieren a “las responsabilidades
que los Estados han asumido en compromisos y tratados internacionales de derechos humanos
de carácter vinculante”26, en tanto que las políticas públicas con equidad de género en un
marco de derechos humanos implicarán políticas específicas de igualdad de oportunidades
para mujeres y hombres, generación de información estadística desagregada por sexo y otras
variables, compromisos para erradicar la violencia basada en género, compromisos para
generar entornos facilitadores del ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos, y el
compromiso de hacer los reportes de país ante instancias internacionales con el análisis de
género.
Bravo, Rosa. Las Metas del Milenio y la igualdad de género: el caso de Perú. CEPAL, UNIFEM, Chile, 2004.
Gómez, E. 2000 en OPS-OMS. Güesmez, Ana (ob. cit).
25
Roses, 2003 en OPS-OMS. Güesmez, Ana (ob. cit).
26
OPS-OMS. Güesmez, Ana (ob. cit).
23
24
Enfoque de derechos humanos, equidad de género e interculturalidad en salud
Marco conceptual
29
Principales acuerdos y normas internacionales sustentatorios
- Programa de Acción de la Conferencia Internacional de Población y Desarrollo.
El Cairo 1994.
- Convención Interamericana de Belem do Pará para Prevenir, Sancionar y Erradicar
la Violencia Contra la Mujer. Brasil 1994.
- Declaración y Plataforma de Acción de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la
Mujer. Beijing 1995.
- Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra
la Mujer-CEDAW. 1979 y su Protocolo. 1999.
- Declaración de los Objetivos de Desarrollo del Milenio. ONU. 2000.
- OMS. Estrategia de Salud Reproductiva. 2004.
Entre las conclusiones más importantes que se deben destacar, a las cuales se arribó en la
Conferencia de El Cairo, es que al considerar la salud como derecho humano fundamental, el
Estado debe proteger, promover y garantizar la equidad de género, para lo cual es importante
el principio de relevancia, es decir que se tienen que tener en cuenta aquellas diferencias
y desventajas que afectan a todas las mujeres, o a grupos determinados de mujeres o de
hombres, los cuales, al no ser incluidos en una política de salud, mantienen desigualdades o
producen daños y riesgos particulares. Aplicando este principio se tienen que adoptar medidas
de acción afirmativa a fin de eliminar disparidades, las cuales serían por ejemplo favorecer
el empoderamiento de las mujeres, y promover la participación masculina en la familia y la
salud sexual y reproductiva27.
La equidad de género en salud implica considerar cuatro dimensiones28:
a) En el estado de salud y sus determinantes. Considera la eliminación de diferencias
injustas y evitables entre hombres y mujeres en las oportunidades de disfrutar de salud y en
la probabilidad de enfermar, discapacitarse o morir por causas que se pueden prevenir.
b)En el acceso y la utilización de servicios de salud de acuerdo con las necesidades.
Estas necesidades se derivan de distintas causas, diferentes necesidades de atención;
distintos riesgos asociados a actividades consideradas como masculinas o femeninas; las
divergencias en las percepciones que hombres y mujeres tienen sobre la enfermedad; las
distintas prácticas que condicionan las conductas de búsqueda de atención; las desigualdades
en el grado de acceso a recursos básicos, así como desigualdades en el acceso a servicios
básicos.
c) En el financiamiento de la atención de acuerdo con la capacidad económica. Las
mujeres tienen mayor nivel de necesidad en salud, demandan por ende más servicios y
tienen que pagar más que los hombres por mantener su salud. Su capacidad económica es
menor, en la medida que se concentran en ocupaciones de menor remuneración o por el
mismo trabajo reciben menor sueldo que los hombres. Asimismo, el hecho de que muchas
veces tengan trabajo en el sector informal, o bien que sólo se dediquen a las tareas del
hogar, dificulta su acceso a los planes de aseguramiento.
27
28
Conferencia Internacional de Población y Desarrollo. El Cairo 1994.
Gómez, E. 2000 en OPS-OMS.
30
Enfoque de derechos humanos, equidad de género e interculturalidad en salud
Marco conceptual
d)En el balance de la distribución de la carga de responsabilidades y poder en el
cuidado de la salud. Que se reconozca, facilite y valore apropiadamente el trabajo de
atención de la salud, sea éste remunerado o gratuito, y que mujeres y hombres participen
con igualdad en los procesos.
6.3. Interculturalidad en salud
a. Conceptos básicos acerca de cultura e interculturalidad en salud
Cultura, definiciones y características
Interculturalidad es un proceso social interactivo de reconocimiento y respeto por las
diferencias existentes entre una o varias culturas en un espacio dado, imprescindible para
construir una sociedad con justicia social, donde la salud sea considerada un derecho humano
básico para el desarrollo humano.
La cultura es la forma dinámica de vivir, relacionarse y entender el mundo que crea, reproduce
y transmite un grupo humano. El Perú es un país muy diverso29 y con una intensa dinámica
migratoria interna que se ha venido acelerando desde mediados del siglo XX. En las ciudades
habitan tanto poblaciones de patrones culturales occidentales como otras de origen andino,
afroperuano y amazónico, sujetas a acelerados procesos de aculturación.
La cultura es aprendida a través de los procesos de socialización y se transmite de una
generación a otra mediante actos, comportamientos, rituales e incluso de las instituciones. La
cultura proporciona a las personas elementos desde los cuales se ve y cuestiona el mundo;
al ser socialmente compartida, proporciona una lógica de sentido común que permite a las
personas convivir y adaptarse socialmente30.
Relaciones interétnicas, aculturación, diversidad cultural
El desarrollo humano implica procesos económicos y sociales culturalmente condicionados en
los cuales debería promoverse la diversidad en vez de la uniformidad31. Asimismo, cuando
diversos grupos étnicos conviven e interactúan dentro de un mismo Estado nación, cada uno
de estos debería ser considerado un actor social con los mismos derechos ciudadanos, en un
contexto de equidad política, económica y cultural, sin ningún tipo de discriminación.
Etnia es “el conjunto de rasgos físicos y mentales que poseen los miembros de un grupo, producto
de su herencia y tradiciones culturales comunes que, a su vez, los diferencian de los individuos
de otros grupos”32. Identidad étnica se refiere al autoconcepto de alguien que se asume
pertenecer a un grupo étnico particular. La identidad étnica puede ser cambiante y situacional.
Las poblaciones indígenas son grupos étnicos cuyas denominaciones varían de un país a
otro. Poblaciones, pueblos y nacionalidades indígenas los nombran en el caso de Ecuador;
en Bolivia se habla de pueblos originarios. Se refieren a estos como pueblos autóctonos en
Honduras. Son tribus, etnias, grupos étnicos, naciones o primeras naciones en Canadá y
Degregori, Carlos I. Compendio de antropología peruana. No hay país más diverso. IEP-PUCP. Lima, 2000.
Jiménez Romero, C. Entre Culturas. Boletín de programas de inmigrantes de Caritas Española, Madrid, 1993.
31
Sen, Amartya y Marta Nussbaum. Introducción. En: La calidad de vida. UNU, FCE, México. 1996.
32
Franklin, 1983, en Moñivas, A. Multiculturalidad. En: Revista de Servicios Sociales y Política Social.
29
30
Enfoque de derechos humanos, equidad de género e interculturalidad en salud
Marco conceptual
31
Estados Unidos. En Brasil se les llama sociedades, y amerindios en Guyana33. Para algunos
autores, en el Perú son denominados como pueblos indígenas, y naciones como es el caso de
los asháninkas y los aimaras, entre otros.
En el Convenio 169 de la OIT (1989)34 se considera que son pueblos indígenas o tribales
los “pueblos en países independientes, considerados indígenas por el hecho de descender de
poblaciones que habitaban en el país, o en una región geográfica a la que pertenecía el país en la
época de la conquista, o la colonización, o con el establecimiento de las actuales fronteras estatales,
y que, cualquiera que sea su situación jurídica, conservan todas sus propias instituciones sociales,
económicas, culturales y políticas, o parte de ellas”35.
Rojas señala que “los procesos históricos y sociales pasados y recientes en las Américas han
determinado relaciones interétnicas y entre culturas que se dan en la mayoría de las sociedades en
condiciones de asimetría, subordinación y conflicto”36. Es así que la aculturación implica que un
grupo étnico domina a otro imponiendo su cultura y lengua sobre la de su interlocutor, que
resulta discriminado y marginado37. Como por ejemplo, cuando en los establecimientos de
salud se aplica un modelo de atención biomédico que separa a la parturienta de su mundo
de referencia, la interna en un espacio especializado, la aísla reduciéndola a la condición de
“paciente”, la trata de manera fría y distante y no se comunica en su idioma38.
Las relaciones entre culturas y etnias diferentes, en tanto actores sociales del desarrollo, tienen
que ser simétricas, equitativas y armónicas, con pleno respeto y tolerancia de las diferencias
en un contexto de diálogo intercultural.
Multiculturalidad e interculturalidad en salud
La multiculturalidad describe la existencia de diferentes culturas compartiendo un mismo
territorio y un mismo tiempo, reivindicando el derecho a la diferencia, y es útil para fortalecer
la autoestima de grupos discriminados y desarrollar programas de acción afirmativa. Sin
embargo, tiende a construir comunidades homogéneas, nítidamente demarcadas y cerradas
en sí mismas39. Señala una situación dada.
En los años setenta surge un concepto que supera el de multiculturalidad: es el de
interculturalidad, que asume que los diferentes grupos se constituyen como tales en su
interacción mutua40. La interculturalidad apunta a dar solución a las tensiones culturales,
al establecer una relación activa y horizontal entre culturas y actitudes interrelacionadas de
mutuo conocimiento, respeto y valoración; establece el derecho a la diversidad cultural, la
valoración de las expresiones culturales y la necesidad de establecer de mutuo acuerdo las
reglas de convivencia entre personas que pertenecen a diferentes culturas. En el cuadro que
se presenta a continuación se señalan las principales diferencias entre multiculturalidad e
interculturalidad.
OPS, Rojas, Rocío. Crecer sanitos. Estrategias, metodologías e instrumentos para investigar y comprender la salud de los
niños indígenas. Washington D. C, 2003.
34
El Convenio 169 de la OIT es el instrumento jurídico de carácter internacional que protege, promueve y propaga
los derechos humanos, laborales y económicos de los pueblos indígenas.
35
OPS, Rojas (ob. cit.).
36
OPS.Op.Cit.1998ª en OPS. Rojas, R. (ob. cit.).
37
Degregori. (ob. cit.).
38
MINSA, Proyecto 2000. Salvarse con bien. El parto de la vida en los Andes y la Amazonia del Perú. Lima, 2000.
39
Degregori (ob. cit.).
40
Sánchez Parga, 1997 en Degregori (ob. cit.).
33
32
Enfoque de derechos humanos, equidad de género e interculturalidad en salud
Marco conceptual
Multiculturalidad
•Tolerancia a la diferencia.
Interculturalidad
•Ciudadanía cultural.
•Fortalecimiento de grupos discriminados •Interacción y enriquecimiento mutuo.
mediante medidas de acción positiva.
•Coexistencia pacífica y respetuosa entre •Iguales derechos y equidad económica.
culturas.
La interculturalidad se da entre ciudadanos y ciudadanas con iguales derechos y un
mínimo de equidad económica, que interactúan y se comunican entre sí, enriqueciéndose
mutuamente41.
Cada pueblo tiene su propia concepción de salud y de enfermedad, y un cuerpo de
conocimientos, prácticas, recursos y terapeutas, los cuales se estructuran en un sistema de
salud particular (oficial-institucional, indígena)42. En el Perú prevalece un sistema occidental
biomédico vigente en los servicios de salud públicos y privados, y una diversidad de sistemas
de salud indígenas, nativos o tradicionales (andinos, amazónicos y otros) que funcionan
de manera paralela, cubriendo muchas veces las necesidades de salud de la población de
menores recursos.
A todo sistema de salud le interesa lograr bienestar para las personas, pero desde modelos
explicativos y de atención diferentes43. El personal de salud no lo comprende de esa manera
y frecuentemente manifiesta actitudes de rechazo, desconfianza o subestimación hacia las
costumbres tradicionales indígenas de cuidado de la salud. Esto ocurre aunque muchas
veces en su idiosincrasia tenga elementos de estas últimas. Actualmente, en las palabras
de García Canclini, es difícil reconocer “lo que es propio y lo que es ajeno”44. Igualmente, los
recursos humanos de salud expresan una mezcla de culturas; las personas nacen en un lugar,
estudian en otro, y trabajan en diversas regiones del país. Ellos creen ser quienes moldean a
las poblaciones, pero en realidad se influyen mutuamente45. Para enfrentar estas situaciones
necesitan una estrategia intercultural que les ayude a ubicarse, a respetar y a negociar.
En ese marco, un enfoque intercultural en salud implica:
La búsqueda de estrategias conjuntas para abordar la salud teniendo en cuenta a las diferentes culturas
que habitan un país consideradas como actores sociales, con los mismos derechos ciudadanos, en un
contexto de equidad política, económica y cultural, sin ningún tipo de discriminación –especialmente
con las indígenas, que son las más excluidas y marginadas–.
Degregori (ob. cit.).
OPS Rojas (ob. cit.).
43
OPS Rojas (ob. cit.).
44
García Canclini, Néstor. Consumidores y ciudadanos. Conflictos multiculturales de la globalización. México, Grijalbo,
1995. En: MINSA, OGE, Proyecto Vigía. Interculturalidad en la atención de salud. Lima, 2001.
45
MINSA, OGE, Proyecto Vigía. Interculturalidad en la atención de salud. Lima, 2001.
41
42
Enfoque de derechos humanos, equidad de género e interculturalidad en salud
Marco conceptual
33
b. Inequidades étnico-culturales en salud
Dentro de la lógica del enfoque de derechos, es necesario focalizar la atención del sector
Salud en las poblaciones indígenas, tanto residentes como migrantes, porque son las más
pobres y excluidas; y en las usuarias mayoritarias de los servicios de salud. Por lo tanto, es
necesario facilitarles el acceso universal a los servicios. Se requiere identificar discriminaciones
e inequidades que afectan su bienestar y su salud, y vulneran el ejercicio de sus derechos
humanos, y dentro de éstos su derecho a la salud. Éstas se manifiestan en:
a)los servicios de salud, en el acceso a éstos, la calidad de atención, las relaciones entre
proveedores de salud y usuarias y usuarios, el acceso a la información de salud, y el acceso
y uso de la seguridad social en salud.
b)las condiciones socioeconómicas de pobreza y extrema pobreza, así como las inequidades
de género.
c)la esperanza de vida, la prevalencia de enfermedades, la mortalidad, la participación en la
toma de decisiones, y la satisfacción de necesidades en salud46.
Algunas inequidades étnico-culturales asociadas a otros determinantes sociales en el Perú
El Perú tiene una sociedad desigual donde las diversas y numerosas inequidades existentes
afectan de manera particular a ciertos grupos sociales o individuos. No todas las personas
tienen las mismas oportunidades de hacer valer sus derechos, y ello está relacionado con sus
características socioeconómicas, identidades culturales, opciones sexuales, género o condición
de discapacidad.
Según el Plan de la Estrategia Nacional de Salud de Pueblos Indígenas (2005), puede hablarse
de tres regiones con población indígena en el país: amazónica (en ella habitan 42 etnias, con
una población de 299,218 habitantes distribuidos en 11 departamentos); andina (quechua),
en la cual los departamentos con mayor concentración de quechuas son Cusco, Puno, Áncash,
Ayacucho, Apurímac, Huancavelica, Huánuco, Arequipa, Junín y Lima: altiplánica (aimara),
en los departamentos de Puno, Tacna, Arequipa y Moquegua. Sin embargo cabe resaltar que
tanto las personas quechuas como las aimarahablantes se encuentran dispersas en todos los
departamentos del país.
Existen otros grupos étnicos menos numerosos que también integran la realidad étnica
nacional y son sujetos de inequidades, como los afroperuanos.
Un ejemplo interesante sobre las desigualdades étnicas y otras asociadas es la escala de
desigualdades sociales elaborada por DEMUS47, que distingue tres grandes categorías o grupos
en función de la capacidad percibida que tienen las personas de hacer valer sus derechos:
•Personas fuertemente limitadas en el ejercicio de sus derechos: Los indígenas, los pobres,
los homosexuales y las personas con discapacidad.
•Personas limitadas en el ejercicio de sus derechos: Los afroperuanos o afrodescendientes,
las mujeres y los mestizos.
OPS Torres Parodi, Cristina. Equidad en salud: una mirada desde la perspectiva de la etnicidad. Washington D. C.,
2001.
47
Sulmont, Denise. Encuesta nacional sobre discriminación social. DEMUS, Lima, 2005.
46
34
Enfoque de derechos humanos, equidad de género e interculturalidad en salud
Marco conceptual
•Personas sin mayores problemas en el ejercicio de sus derechos: Los hombres, los blancos
y los ricos.
Como se puede observar, las personas de origen indígena son quienes están más excluidas.
Por ejemplo, la tasa general de analfabetismo de los pueblos amazónicos es muy alta en las
mujeres. Una característica importante de estas poblaciones es la temprana nupcialidad. El
5,3% de mujeres entre 12 y 14 años están casadas o unidas. El 2,3% de las adolescentes
indígenas entre 12 y 14 años son madres. Aproximadamente, una tercera parte de los partos
se atienden en los servicios de salud en Amazonas48. La tasa de fecundidad es el doble de la
nacional; la mitad de las defunciones en comunidades indígenas ocurre antes de los 42 años,
y un cuarto de ellas suceden antes de los 11 años49.
Considerando que los pueblos quechuas y aimaras habitan en zonas rurales altoandinas,
generalmente con altos indicadores de pobreza y en las cuales se conservan construcciones
sociales sobre la salud y la enfermedad diferentes del patrón hegemónico occidental, es
pertinente tener un análisis de la situación de salud de los pueblos andinos quechuas y
aimaras; y tener datos censales y estadísticos desagregados según sexo y edad para analizar
la situación de cada uno de los grupos étnicos del país.
c. Interculturalidad en políticas y programas de salud
Interculturalidad en las políticas públicas
Con referencia a la construcción de interculturalidad en las políticas públicas, Tubino50
afirma que “la cultura política y de los derechos humanos en las sociedades democráticas
debe interculturalizarse (...) El acceso a la ciudadanía y el accionar de los derechos reconocidos
jurídicamente no deben implicar el desaprendizaje forzado de la lengua o cultura de origen (...)
hoy día tenemos la tarea de comprometernos en la construcción de ciudadanías culturalmente
diferenciadas”. Sobre esta base hace una propuesta ético-política de interculturalidad dando
algunas recomendaciones:
•Una, referente a desarrollar en funcionarios as, políticos as, trabajadores as y población en
general una actitud individual de comprensión del otro, y de apropiación selectiva y crítica
de lo que el interlocutor ofrece.
•Otra, respecto de que la interculturalidad sea tratada en el nivel de políticas de Estado,
asignándole una política específica, y transversalizándola a todas las políticas sectoriales.
•La tercera se refiere a poner énfasis en los problemas interculturales existentes en los
escenarios urbano-marginales como resultado de los flujos migratorios, que no son
considerados porque la agenda intercultural se ha ruralizado.
Complementariamente, Cohen-Emerique51 propone una metodología de la comunicación
intercultural en la formación de profesionales de trabajo de carácter social, considerando el
respeto a las diferencias, la conciencia de sus prejuicios, y la tolerancia personal hacia otros
sistemas de valores.
MINSA. Plan de la Estrategia Nacional de Pueblos Indígenas, 2005.
MINSA, OGE, ASIS de Pueblos Amazónicos, OGE, 2005.
50
Tubino, Fidel (ob. cit.).
51
Cohen-Emerique, Margalit. “Travailleurs sociaux et migrants”. En: C.Camilleri. Chocs de cultures. Paris, L. Harmattan, 1989.
48
49
Enfoque de derechos humanos, equidad de género e interculturalidad en salud
Marco conceptual
35
Como marco de sustentación, cabe señalar que el Estado peruano ha contraído obligaciones
que fundamentan la dimensión cultural de los derechos humanos y el derecho a la salud:
Principales acuerdos y normas internacionales
- Naciones Unidas. Convención Internacional de Derechos Económicos, Sociales y
Culturales.
- Naciones Unidas. Convenio N.º 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países
Independientes. 1989.
- OPS-OMS. Resolución CD37.R5. Participación activa de representantes de pueblos
indígenas. 1993.
- OPS-OMS. Plan de Acción sobre Erradicación de la Pobreza y la Discriminación en
Nuestro Hemisferio. Cumbre de las Américas. 1997.
- OPS-OMS. Resolución CD40-R6, ratifica Resolución CD37.R5 sobre Reforma del Sector
Salud y Acceso a los Servicios de Salud de Grupos Vulnerables, Especialmente de los
Pueblos Indígenas. 1998.
- Naciones Unidas. Declaración sobre los Derechos de las Personas Pertenecientes a
Minorías Nacionales o Étnicas, Religiosas o Lingüísticas.
- Naciones Unidas. Declaración y Programa de Acción de Durban. Conferencia Mundial
contra el Racismo, la Discriminación Racial y la Xenofobia y las Formas Conexas de
Intolerancia. 2001.
Equidad e interculturalidad en las políticas de salud
Se van a ampliar aquí algunos de los elementos propuestos para el enfoque intercultural de la
salud desarrollado por la OPS en el marco de la Iniciativa de Salud de los Pueblos Indígenas,
el cual se enmarca en la visión de justicia social y en la consideración de la salud como un
derecho humano básico52 esencial para el desarrollo humano. Se propone entonces:
• Incorporación del enfoque de equidad en su componente de interculturalidad al sistema de salud
pública, como una de las estrategias necesarias para lograr el acceso equitativo a la atención de
calidad de la población en general, y en particular de las poblaciones más vulnerables.
•Fortalecimiento de la promoción de la salud como una estrategia clave para el desarrollo
humano y el mejoramiento de la calidad de vida de la población, empoderándola para
que tenga un mayor control sobre su vida y su salud. En países como el Perú, donde hay
sistemas de salud oficiales y actores de salud paralelos, la mayoría de las comunidades
urbano-marginales y rurales dependen del conocimiento colectivo y los terapeutas y
cuidadores indígenas para promover la salud, prevenir y tratar la enfermedad53.
•Recuperación del conocimiento cultural local indígena e investigación del contexto y las
prácticas de los sistemas no occidentales o indígenas de salud en beneficio de la población
usuaria54. Se facilitaría la interacción e integración entre las mejores prácticas, tanto desde
la visión biomédica como desde la visión de la comunidad.
OPS. Rojas (ob. cit.).
OPS. Rojas, (ob. cit.).
54
Ver Resolución
52
53
36
Enfoque de derechos humanos, equidad de género e interculturalidad en salud
Marco conceptual
•Cambio de paradigma en el personal de salud, asumiendo una actitud de sensibilidad,
respeto y tolerancia a la diversidad, aprendiendo a convivir con personas de culturas
diferentes de la propia.
•Ejercicio e incentivo de la participación social, componente clave de la reforma del sector
Salud, junto con el diálogo y la democracia cultural.
Un enfoque intercultural en salud implica la construcción de estrategias participativas para abordar
las necesidades de salud de las diferentes culturas que habitan el país consideradas como actores
sociales. Especialmente con las de origen andino y amazónico, que son las más excluidas y
marginadas.
Enfoque de derechos humanos, equidad de género e interculturalidad en salud
Marco conceptual
37
38
Enfoque de derechos humanos, equidad de género e interculturalidad en salud
Marco conceptual
Enfoque de derechos humanos, equidad de género e interculturalidad en salud
Marco conceptual
39
7.
Marco programático: políticas, programas y estrategias nacionales
a. Normas generales
Objetivos de Desarrollo del Milenio–ODM
El contexto básico de este marco programático son los ocho Objetivos de Desarrollo del
Milenio y sus respectivas Metas para el año 2015. Los OMD reflejan un amplio consenso
de la comunidad internacional y representan una potente herramienta integradora para la
construcción de equidad y, por lo tanto, de las condiciones necesarias para el ejercicio de los
derechos humanos. Todos los objetivos planteados se refieren al logro de la salud entendida
como bienestar integral de las personas y a la superación de inequidades desde los principales
determinantes sociales.
ODM 1: Erradicar la pobreza extrema y el hambre
Meta: Reducir a la mitad, entre 1990 y 2015, el porcentaje de personas cuyos ingresos sean
inferiores a la línea de pobreza nacional.
Meta: Reducir a la mitad, entre 1990 y 2015, el porcentaje de personas que padecen
hambre.
ODM 2: Lograr la educación primaria universal
Meta: Velar para que, en el año 2015, los niños y las niñas puedan terminar un ciclo completo
de enseñanza primaria.
ODM 3: Promover la igualdad de género y la autonomía de la mujer
Meta: Eliminar las desigualdades entre los géneros en la enseñanza primaria y secundaria,
preferiblemente para el año 2005, y en todos los niveles de enseñanza antes del fin del año
2015.
ODM 4: Reducir la mortalidad infantil
Meta: Reducir en dos terceras partes la tasa de mortalidad de los niños menores de 5 años.
ODM 5: Mejorar la salud materna
Meta: Reducir la tasa de mortalidad materna en tres cuartas partes.
ODM 6: Combatir el VIH-sida, el paludismo y otras enfermedades
Meta: Detener y comenzar a reducir la propagación del VIH-sida.
Meta: Detener y empezar a reducir la incidencia del paludismo y otras enfermedades
graves.
40
Enfoque de derechos humanos, equidad de género e interculturalidad en salud
Marco conceptual
ODM 7: Garantizar la sostenibilidad del medio ambiente
Meta: Incorporar los principios del desarrollo sostenible en las políticas y los programas
nacionales, y revertir la pérdida de recursos del medio ambiente.
Meta: Reducir a la mitad, para el año 2015, el porcentaje de personas que carezcan de
acceso sostenible al agua potable y a servicios básicos de saneamiento.
Meta: Haber mejorado considerablemente, para el año 2020, la vida de por lo menos 100
millones de habitantes de asentamientos humanos y tugurios.
ODM 8: Fomentar una asociación mundial para el desarrollo
Meta: Desarrollar un sistema comercial abierto y no discriminatorio, basado en reglas
predecibles.
Meta: Atender las necesidades especiales de cooperación internacional de los países en
desarrollo.
Meta: Encarar los problemas de la deuda externa de los países en desarrollo.
Meta: Atender las necesidades especiales de países en desarrollo particulares.
Meta: En cooperación con los países en desarrollo, elaborar y aplicar estrategias que
proporcionen un trabajo digno y productivo para la juventud.
Meta: En cooperación con las empresas farmacéuticas, facilitar el acceso a los medicamentos
esenciales, a precios razonables, en los países en desarrollo.
Meta: En cooperación con el sector privado, hacer que los beneficios de las nuevas
tecnologías sean accesibles, en particular los de las tecnologías de la información y de las
comunicaciones.
Si bien es cierto que todos los objetivos se refieren a la superación de inequidades culturales
y a la problemática de las poblaciones indígenas, en tanto éstas constituyen la mayoría de los
grupos humanos más pobres y excluidos, también se plantea la igualdad de género como un
objetivo específico, reconociéndose que este objetivo desempeña un rol fundamental para el
logro de los demás objetivos.
Acuerdo Nacional: Políticas de Estado
El Acuerdo Nacional es un conjunto de Políticas de Estado (veintinueve en total), aprobadas
por los representantes de las organizaciones políticas, religiosas, de la sociedad civil y
del Gobierno. Sus cuatro grandes objetivos son la Democracia y el Estado de Derecho, la
Equidad y la Justicia Social, la Competitividad del País, y un Estado Eficiente, Transparente y
Descentralizado55.
En nuestro país, los ODM se complementan con las Políticas de Estado, las cuales se sustentan
en un enfoque de derechos que enfatiza el principio de igualdad, sobre todo en su variante de
igualdad de oportunidades, con menciones a la equidad de género y a la interculturalidad.
55
Movimiento Manuela Ramos. UNFPA. Acuerdo Nacional. Políticas de Estado. Lima, 2002.
Enfoque de derechos humanos, equidad de género e interculturalidad en salud
Marco conceptual
41
Política decimotercera: “Acceso universal a los servicios de salud y a la seguridad
social”
“Nos comprometemos a asegurar las condiciones para un acceso universal a la salud en forma
gratuita, continua, oportuna y de calidad, con prioridad en las zonas de concentración de pobreza
y en las poblaciones más vulnerables. Nos comprometemos también a promover la participación
ciudadana en la gestión y evaluación de los servicios públicos de salud”.
Dentro de ésta se incluye el enfoque de derechos cuando se refiere a la universalidad en
el acceso a la salud y la seguridad social, la priorización de las poblaciones más pobres y
vulnerables, y la participación ciudadana en la gestión de los servicios. Considera la dimensión
de equidad de género al priorizar a las madres y la maternidad saludable. Igualmente, la de
interculturalidad en tanto plantea la importancia de la investigación y el uso de la medicina
natural y tradicional.
Política décima: “Reducción de la pobreza”
“Nos comprometemos a dar prioridad a la lucha contra la pobreza y la reducción de la desigualdad
social, aplicando políticas integrales y mecanismos orientados a garantizar la igualdad de
oportunidades económicas, sociales y políticas. Asimismo, nos comprometemos a combatir la
discriminación por razones de inequidad entre hombres y mujeres, origen étnico, raza, edad,
credo o discapacidad. En tal sentido, privilegiaremos la asistencia a los grupos en extrema pobreza,
excluidos y vulnerables”.
Política undécima: “Promoción de igualdad de oportunidades sin discriminación”
“Nos comprometemos a dar prioridad efectiva a la promoción de la igualdad de oportunidades,
reconociendo que en nuestro país existen diversas expresiones de discriminación e inequidad
social, en particular contra la mujer, la infancia, los adultos mayores, las personas integrantes de
comunidades étnicas, los discapacitados y las personas desprovistas de sustento, entre otras. La
reducción y posterior erradicación de estas expresiones de desigualdad requieren temporalmente
de acciones afirmativas del Estado y de la sociedad, aplicando políticas y estableciendo mecanismos
orientados a garantizar la igualdad de oportunidades económicas, sociales y políticas para toda la
población”.
Ambas políticas ponen énfasis en la reducción de desigualdades y discriminaciones de todo
tipo, entre las cuales están las de género y cultura; concentran sus acciones afirmativas en
grupos vulnerables.
Política séptima: “Erradicación de la violencia y fortalecimiento del civismo y la
seguridad ciudadana”
“Nos comprometemos a normar y fomentar las acciones destinadas a fortalecer el orden público y
el respeto al libre ejercicio de los derechos y el cumplimiento de los deberes individuales”.
42
Enfoque de derechos humanos, equidad de género e interculturalidad en salud
Marco conceptual
Esta política está asociada con la promoción de los derechos humanos y la cultura de paz y
no violencia. Según ésta, el Estado propiciará una cultura cívica de respeto a la ley y a las
normas de convivencia sensibilizando a la ciudadanía contra la violencia; pondrá énfasis en
los mecanismos legales para combatir prácticas violentas arraigadas como el maltrato familiar
y la violación contra la integridad física de niños, ancianos, mujeres; fomentará una cultura
de paz y respeto irrestricto a los derechos humanos.
Política tercera: “Afirmación de la identidad nacional”
“Nos comprometemos a consolidar una nación peruana integrada, respetuosa de sus valores, de su
patrimonio milenario y de su diversidad étnica y cultural, vinculada al mundo y proyectada hacia
el futuro”.
Esta política señala que el Estado promoverá la solidaridad como fundamento de la convivencia,
estimulando la tolerancia y el respeto a las diferencias. Se hace especial reconocimiento a la
multiculturalidad del Perú.
Plan de Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres (PIO) 2000-2005
Asimismo, cabe mencionar este instrumento programático específico para la construcción
de equidad de género y su transversalización en todos los sectores del gobierno, generado
y aprobado por el PROMUDEH. La vigencia de PIO ha sido ampliada para el periodo 2006
-2010 aprobado Decreto Supremo N.° 009-2005-MIMDES. Dado el carácter intersectorial
del plan, uno de sus componentes corresponde al Ministerio de Salud, para el cual, a partir
de un diagnóstico de la situación de la salud de la mujer en el país, plantea objetivos, metas,
acciones e indicadores de avance y cumplimiento para cada uno de los sectores.
b. Normas específicas del sector Salud
Lineamientos de Política Sectorial para el Período 2002-2012 y Principios Fundamentales
para el Plan Estratégico Sectorial del Quinquenio Agosto 2001- Julio 2006
Fueron aprobados por Resolución Suprema N.° 014-2002-SA. Contienen, tanto en su visión
como en su misión y en los principios de los Lineamientos de la Política Nacional de Salud,
elementos básicos del enfoque de derechos referentes al fortalecimiento de la democracia, de
los derechos y responsabilidades ciudadanas, a los mecanismos equitativos de accesibilidad a
los servicios de salud y el sentido de protección de la dignidad personal, al respeto a la vida
y a los derechos fundamentales de todos los peruanos.
Esta política establece la promoción de la solidaridad con los sectores más pobres, garantizando
que los servicios de salud de la seguridad social tengan igual cobertura y calidad para los
usuarios, independientemente del volumen de sus aportaciones. Asimismo, la universalización
del acceso a la salud, haciendo que los servicios satisfagan las condiciones de accesibilidad
económica, geográfica y cultural para todos los habitantes. La calidad de la atención es un
derecho ciudadano, se promueven servicios en los que el eje sea la satisfacción de los usuarios
y la protección de la dignidad personal. La equidad es un principio elemental de la justicia
social; se priorizan acciones en favor de los sectores de más bajos recursos, y se favorece el
acceso a los servicios de salud por parte de las poblaciones de menores ingresos mediante el
Seguro Integral de Salud (SIS).
Enfoque de derechos humanos, equidad de género e interculturalidad en salud
Marco conceptual
43
El documento reconoce la coexistencia de culturas diferentes al señalar el trato y el respeto a
las diferencias culturales desde una perspectiva multicultural, pero no considera interacciones
o aprendizajes recíprocos. Referente al principio de calidad se menciona que “se mejorará
la normatividad y las capacidades del personal de salud para el trato adecuado a las diferencias
culturales propias de nuestro país, con respeto y responsabilidad”, para mejorar la comprensión
y la comunicación en la relación proveedor-usuario.
Asimismo, tanto en este principio como en la visión se recomienda una política nacional de
salud que recoja e integre los aportes de la medicina tradicional y de las diversas manifestaciones
culturales de nuestra población. Se entiende explícitamente la interculturalidad en la gestión
en salud como la “armonización de visiones diferentes, desarrollando la medicina tradicional como
complementación de la medicina moderna a nivel nacional”56.
Respecto del enfoque de equidad de género, menciona que “se promoverán las mejores
condiciones de complementariedad y corresponsabilidad equitativa entre varones y mujeres”57.
El espíritu del enfoque de derechos impregna todos los lineamientos, en lo referente a
universalización de la atención y el aseguramiento en salud, acceso racional a medicamentos,
desarrollo de recursos humanos con respeto y dignidad, financiamiento orientado a los sectores
más pobres, y democratización de la salud con participación ciudadana. Se propone avanzar
en la equidad de género poniendo énfasis en las mujeres en tanto madres, considerándolas
grupo vulnerable.
En el lineamiento 1 se identifican importantes inequidades en la salud de las madres, como
las elevadas tasas de morbilidad, mortalidad y desnutrición femeninas, y la urgencia de su
superación. Igualmente se establece la protección de las gestantes.
El lineamiento 2 se dirige, a través del Seguro Integral de Salud, a la población pobre y
extremadamente pobre que no tiene cómo acceder a los servicios de salud, y particularmente
a niños y mujeres en edad fértil. El lineamiento 6 habla de acciones para disminuir riesgos y
daños de las personas, en especial de los niños, mujeres, adultos mayores y discapacitados.
Finalmente, en el lineamiento 9 se incluye una estrategia de comunicación para la salud
que provea de información a los ciudadanos y ciudadanas, y promueva mayores niveles de
educación en salud.
Con una perspectiva de multiculturalidad, el lineamiento 1 reconoce las concepciones de
salud de la población en cuanto a los procesos de salud-enfermedad y las culturas sanitarias. El
lineamiento 6 promueve la atención integral adecuada incorporando los aportes pluriculturales
del pueblo peruano. Por último, en el lineamiento 7 se hace referencia a la implementación
del enfoque intercultural a través del Centro Nacional de Salud Intercultural (CENSI).
Lineamientos de Política de Promoción de la Salud
Este documento, aprobado por RM N.° 111-2005/MINSA, es un importante antecedente
del marco conceptual que se está desarrollando. Desde su visión se señala el enfoque de
derechos planteando que “la salud de todos los hombres y mujeres del país (...) se expresará
en el fortalecimiento de los derechos ciudadanos, así como en el establecimiento de mecanismos
MINSA 2002 Lineamientos de Política Sectorial para el Período 2002-2012 y Principios Fundamentales para el
Plan Estratégico Sectorial del Quinquenio Agosto 2001- Julio 2006. Resolución Suprema N.° 014-2002-SA.
57
Ibíd. 56.
56
44
Enfoque de derechos humanos, equidad de género e interculturalidad en salud
Marco conceptual
equitativos de accesibilidad”. Esta línea de pensamiento se refuerza al referirse al enfoque de
equidad en salud, el cual propone que “todas las personas tengan las mismas oportunidades para
desarrollar y mantener su salud, mediante un acceso justo a recursos sanitarios”58.
Todo lo relativo a la consolidación de una “cultura democrática de deberes y derechos de personas,
grupos o poblaciones con participación de los actores”, y su empoderamiento, está incluido
en el enfoque de ciudadanía, participación y empoderamiento social. El tercer lineamiento
estratégico propone “promover la participación comunitaria conducente al ejercicio de ciudadanía
en salud”59.
Asimismo, se plantea que se “modifiquen estereotipos de género que afectan la autoestima de
hombres y mujeres repercutiendo en su salud integral y desarrollo humano, y que se favorezcan
procesos que brinden igualdad de oportunidades para decidir sobre su cuerpo, sexualidad y vida”60.
Se agrega que la participación compartida de mujeres y varones en igualdad es fundamental
para la cultura de la salud.
El documento considera la dimensión de interculturalidad, definiendo primero al Perú como
un país multiétnico y multicultural, “reconociendo, respetando y valorando las concepciones de la
población peruana sobre salud y enfermedad, y reivindicando la necesidad de formar al personal de
salud en valores y habilidades para relacionarse con el otro (…) aceptando las diferencias culturales y
lingüísticas”61. Se señala que sobre esta base debe plantearse un modelo de atención orientado
a las poblaciones excluidas andinas y amazónicas.
Igualmente, incluye la complementariedad y la coexistencia de la medicina tradicional con
la medicina occidental. Se finaliza recomendando la identificación de prácticas y estilos de
vida saludables como factores protectores individuales, colectivos, sociales y culturales que
sean potenciables para mejorar las condiciones de vida de las comunidades. Asimismo, la
estrategia de comunicación y educación para la salud expone la “dimensión ética del enfoque
intercultural alegando que toda intervención para promover cambios de comportamiento en las
personas (...) requiere del diálogo y encuentro entre culturas para lograr consensos sobre prácticas
saludables”62.
Modelo de Atención Integral de Salud–MAIS
El MAIS es una norma programática básica aprobada por RM 729/MINSA/2003 y RM 859/
MINSA/2004, que delinea y organiza la implementación de la atención de los servicios en todos
los niveles del sector. Sigue en forma general, los principios planteados en los Lineamientos de
Política 2002-2012, en cuanto a la integralidad de la atención y otros aspectos relacionados
fundamentalmente con el enfoque de derechos, el cual es el predominante. Incorpora también
la universalidad en el acceso por ser la salud un derecho de todas las personas, la equidad e
igualdad de oportunidades y el respeto a los derechos y deberes de las personas. La eficacia,
orientando la acción hacia los grupos más vulnerables y en riesgo, y la participación de la
ciudadanía. No se hacen referencias específicas ni al género ni a la cultura. Se podría inferir
que estos temas estarían siendo incluidos dentro del gran rubro de equidad e igualdad de
oportunidades, y de la preocupación por grupos vulnerables y en riesgo.
Lineamientos de Política de Promoción de la salud. Resolución Ministerial N.° 111-2005/MINSA.
Ibíd. 58.
60
Ibíd. 58.
61
Ibíd. 58.
62
Ibíd. 58.
58
59
Enfoque de derechos humanos, equidad de género e interculturalidad en salud
Marco conceptual
45
Seguro Integral de Salud–SIS
El SIS es un programa de aseguramiento público creado por Ley N.° 27657 como organismo
público descentralizado. Sus planes de beneficios han sido aprobados por D.S. N.° 003-202SA. En su visión se establece que debe garantizar el ejercicio pleno del derecho a la salud.
Hay una breve mención directa al tema cultural cuando se propone impulsar un modelo de
atención integral con adecuación social y cultural. Y de manera indirecta, porque su objetivo
sectorial plantea promover con equidad el acceso de la población no asegurada a prestaciones
de salud de calidad, dándoles prioridad a los grupos vulnerables y en situación de extrema
pobreza y pobreza, concentrando el 80% de sus esfuerzos en la atención gratuita de salud
materno-infantil en áreas rurales y urbano-marginales (80%).
Cabe señalar que el Plan de la Estrategia Sanitaria Nacional de Pueblos Indígenas, en su resultado 2.5
desarrolla todas las acciones relativas a la incorporación de las poblaciones indígenas amazónicas al
Seguro Integral de Salud, desde su empadronamiento, siguiendo por su acreditación, conformación
de comité de aseguramiento local, administración de fondos, monitoreo, y adecuación cultural de
los procesos de registro, afiliación y atención, referentes al SIS.
Respecto de la equidad de género, aunque no está formalmente explícita en las normas,
en la práctica el Seguro Integral de Salud-SIS. Se orientaba a cubrir las necesidades de las
mujeres, aunque sólo en tanto madres gestantes y puérperas en su Plan C, y a las mujeres
que participan en organizaciones sociales de base (OSB) acreditadas según su Plan E de
adultos focalizados por ley. Además, trabaja en coordinación con organizaciones sociales
de base (Programa Nacional Wawa Wasi, Coordinadora Metropolitana de los Comités del
Vaso de Leche y Federación de Mujeres Organizadas en Centrales de Comedores Populares
Autogestionarios y Afines de Lima y Callao, Coordinadora Nacional de Clubes de Madres y
Comedores Populares).
Los planes de cobertura han sido ampliados mediante el DS N.° 006-6006-SA para la
población de la amazonía y altoandina dispersa y excluida, así como para las víctimas de
violencia social y para las y los agentes comunitarios de salud.
Estrategia Sanitaria Nacional de Salud Sexual y Reproductiva
Por Resolución Ministerial N.º 771-2004/MINSA del 27 de julio del 2004 se establecieron
las diez estrategias nacionales de salud, una de las cuales es la “Estrategia Sanitaria Nacional
de Salud Sexual y Reproductiva”. Esta se sustenta fundamentalmente en lo establecido por el
Programa de Acción de la Conferencia Internacional de Población y Desarrollo–CIPD (El Cairo,
1994), y debe ser aplicada en todo el territorio nacional. Por RM 195-2005 fue aprobado el
Plan Nacional de Implementación de dicha estrategia.
Esta estrategia es de carácter integral, y asume el enfoque de derechos al definir la salud sexual
y reproductiva como derecho de las personas, tal como fuera desarrollado en la CIPD (El Cairo
1994); además, señala que la mortalidad materna es un indicador del nivel de compromiso
de los Estados con el derecho a la salud. Transversaliza la dimensión de equidad de género,
indicando que el cuidado de la salud sexual y reproductiva es un derecho de hombres y
mujeres a decidir si tener o no hijos, o no contraer ITS, o no ser víctimas de violencia o, en
el caso de las mujeres, a tener embarazos y partos saludables. Estructura las acciones de
atención de la salud por etapas del ciclo vital: niñez, adolescencia, adultez y adultez mayor;
y las específica según sexo.
46
Enfoque de derechos humanos, equidad de género e interculturalidad en salud
Marco conceptual
Considera dentro de las acciones el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos, tanto
para mujeres como para varones. Indica actividades educativas de prevención de la violencia
que afecta a adolescentes de ambos géneros, y establece la atención integral a la violencia
basada en género en la etapa de adultez.
En cuanto a la dimensión de interculturalidad, sólo se hace referencia a la importancia de la
adecuación cultural de los servicios de atención materna, para reducir las tasas de muerte.
Estrategia Sanitaria Nacional “Salud de los Pueblos Indígenas”
Por Resolución Ministerial N.º 771-2004/MINSA del 27 de julio del 2004 se establecieron las
diez estrategias nacionales de salud, una de las cuales es “Salud de los Pueblos Indígenas”,
designándose como órgano responsable al Centro Nacional de Salud Intercultural (CENSI) del
Instituto Nacional de Salud (INS). Las normas sustentatorias de la estrategia son:
•Convenio Internacional N.º 169 de la OIT, suscrito por el Estado Peruano, y ratificado como
ley nacional mediante Resolución Legislativa N.º 26253.
•Decreto Supremo 15–2001–PCM. “Creación de la Comisión Especial Multisectorial para las
Comunidades Nativas”.
•Resolución Ministerial N.º 192 2004. “Creación de la Comisión Nacional de Salud Indígena
Amazónica”.
•Resolución Ministerial N.º 771-2004/MINSA, establece la Estrategia Nacional “Salud de los
Pueblos Indígenas”.
Su ámbito de acción es todo el territorio nacional del Perú. El enfoque intercultural de
esta estrategia está relacionado con indicadores de pobreza, geográfico y de exclusión
socioeconómica. Se han considerado tres ámbitos: amazónico, andino (quechuahablante)
y altiplánico (aimarahablante). Sin embargo, su plan de implementación es aplicado
principalmente en el ámbito amazónico, hasta tener mejores estudios de análisis situacional
en las poblaciones andinas y altiplánicas.
La finalidad del plan es desarrollar acciones que permitan disminuir las brechas sanitarias
entre el nivel nacional y/o regional y las poblaciones indígenas, y los propósitos de éste son:
1.La adecuación cultural de los servicios y establecimientos de salud.
2.La ampliación de la oferta de salud con nuevas modalidades adecuadas a las zonas
indígenas.
3.El fortalecimiento de los servicios de salud en recursos humanos, logísticos y financieros.
4.El fortalecimiento del trabajo comunitario con la participación activa de sus actores
sociales.
5.La conservación y vigilancia del medio ambiente.
6.El fortalecimiento del sistema de vigilancia y salud pública.
El Plan de Implementación de la Estrategia está estrechamente ligado al Plan Nacional de Salud
Indígena Amazónica, del cual recoge muchos de sus contenidos y su espíritu intercultural. No
Enfoque de derechos humanos, equidad de género e interculturalidad en salud
Marco conceptual
47
hay mención al enfoque de género en la estrategia, sólo se reitera la relevancia de encarar
la reducción de la muerte materna que afecta a muchas mujeres indígenas, y mejorar los
servicios dirigidos a la salud de mujeres gestantes y madres.
Tampoco está explícito el enfoque de derechos humanos en salud, aunque el Plan en sí mismo
es un paquete de medidas de acción afirmativa tendientes a disminuir las “brechas sanitarias
entre los niveles nacionales y regionales de salud y los pueblos indígenas” que se encuentran
en condición de vulnerabilidad. El espíritu del enfoque está presente en la mayoría de las
acciones de interculturalidad y de incentivo a la participación de los actores.
Guías Nacionales de Atención Integral de la Salud Sexual y Reproductiva
Esta herramienta programática (RM 668-2004-MINSA), en el marco de la atención integral
de salud, considera la salud sexual y reproductiva como un elemento clave para mejorar
la calidad de vida de las personas, asumiendo la definición de la CIPD (El Cairo, 1994).
Adopta explícitamente el enfoque de derechos humanos, a los cuales caracteriza como
“innatos, universales, inalienables, acumulativos, irreversibles, inviolables, obligatorios, indivisibles,
interdependientes, y trascienden las fronteras nacionales”.
Dentro de los derechos humanos hace especial mención al derecho a la salud, como un
derecho inclusivo amplio que no sólo abarca la atención de salud oportuna y apropiada, sino
también los principales factores sociales, económicos y culturales determinantes de la salud.
Asimismo, refiere que los derechos sexuales y reproductivos son parte indivisible del derecho a
la salud y de los derechos humanos, reconocidos por numerosas conferencias internacionales.
Su finalidad es que “todas las personas puedan vivir libres de discriminación, riesgos, amenazas,
coerciones y violencia en el campo de la sexualidad y la reproducción”.
Establece la diferencia entre sexo y género, definiendo a este último como “construcciones
sociales, psicológicas, culturales e históricas que se asignan a hombres y mujeres en una sociedad
y tiempo determinados”. Explica los roles de los hombres y los de las mujeres, señalando que
éstas desempeñan un rol productivo en peores condiciones laborales que el hombre y un rol
reproductivo referente a la procreación, crianza y cuidado de los hijos y la familia.
Se subraya que el enfoque de género en la salud reproductiva “procura identificar y modificar
las causas que estructuran las relaciones de poder-subordinación que colocan a las mujeres en
desventaja para acceder y controlar los recursos de salud”. Considera que los problemas de salud
son diferentes en cada uno de los sexos, y que por lo tanto la respuesta a estos debe ser
diferente. Los contenidos más extensos de las guías son los referentes a la atención materna,
las emergencias obstétricas y neonatales y el recién nacido. Se observa un énfasis mayor en
la salud reproductiva que en la sexual. Se incluye un protocolo de violencia contra la mujer,
violencia sexual y familiar. No hay mención a la dimensión de interculturalidad.
Plan Nacional de Salud Indígena Amazónica
Este documento programático (en consulta) ha sido elaborado de manera concertada con
las organizaciones indígenas de la amazonía peruana y constituye un interesante ejemplo de
la aplicación de la dimensión de interculturalidad en la salud. Lo ha elaborado la Comisión
Nacional de Pueblos Amazónicos recogiendo las opiniones del MINSA (CENSI, CENAN,
48
Enfoque de derechos humanos, equidad de género e interculturalidad en salud
Marco conceptual
DIGESA, DGSP, DGPS, IDREH, INSI, OGE, SIS) y de las organizaciones amazónicas. Parte de
un postulado por el cual “el sistema de salud debe efectuarse en cooperación con los pueblos
indígenas”. Se basa en el Convenio N.º 169 de la OIT (2001) que establece el diálogo y
la concertación entre el Estado y las organizaciones indígenas amazónicas, ejercitando
plenamente el derecho a la participación.
Manifiesta respecto del enfoque de derechos, mencionando el Convenio N.º 169 de la OIT,
que “la seguridad social debe extenderse progresivamente a los pueblos interesados sin ninguna
discriminación”, y que “los gobiernos deben poner a disposición de los pueblos indígenas servicios
de salud adecuados o proporcionar a dichos pueblos los medios que les permitan organizar y
prestar tales servicios bajo su propia responsabilidad y control (…) Los servicios de salud deberán
organizarse en la medida de lo posible, en el ámbito comunitario”.
Se establece que la interculturalidad como un derecho debe estar presente en la prestación
de servicios desde la formulación, concepción y evaluación del sistema de salud pública.
Es “una exigencia democrática para construir relaciones igualitarias y creativas entre sociedades
culturalmente diversas”. Propone, asimismo, que “todo Plan de mejora de salud de la población
debe partir de un diagnóstico situacional –el ASIS– para definir acciones, en consulta con las
organizaciones indígenas”.
La intervención propuesta consiste en “adecuar culturalmente el sistema de salud pública dentro
de los recursos existentes del Ministerio de Salud. Son acciones inmediatas a corto plazo como parte
de un proceso de cambios a mediano plazo, combinando la emergencia con procesos de diálogo e
inter-aprendizaje entre la medicina occidental y la medicina indígena para recuperar y recrear las
buenas prácticas sanitarias que fortalezcan su identidad y derechos colectivos”. Su propósito es
“la adecuación del modelo de atención con participación protagónica de actores indígenas e interaprendizaje”.
Se hace referencia también a “las poblaciones indígenas informadas sobre derechos y deberes
como usuarios de servicios con enfoque de derechos humanos y de equidad o complementariedad
de género”. Se manifiesta un marcado interés, desde las consideraciones iniciales del Plan,
por disminuir la elevadísima tasa de mortalidad materna de las mujeres rurales, indígenas y
analfabetas, colocando especial énfasis en la adecuación intercultural de las intervenciones
para mejorar la salud materna e infantil.
Norma Técnica Atención Integral de Salud a Poblaciones Excluidas y Dispersas
Dicha norma NT N.° 028 MINSA DGSP V.01 2005 se basa en la recopilación y análisis de las
diferentes experiencias desarrolladas desde el año 1998 por los Equipos Locales Itinerantes
de Trabajo Extramural en Salud (ELITES) y otras formas de intervención de salud desarrolladas
en aquellas zonas donde existen poblaciones en pobreza extrema, altamente excluidas y
dispersas geográficamente, que asimismo son poblaciones excluidas culturalmente. Éstas son
definidas como “aquellas que tienen conceptos y prácticas de salud ancestrales y tradicionales
que difieren de la oferta de servicios de salud, en razón de las creencias y expectativas propias de
la misma población, dificultando la interacción y el entendimiento entre la demanda y la oferta”.
No hacen mención a las relaciones interétnicas de desigualdad dentro de las cuales la cultura
institucional biomédica se impone sobre la indígena.
Su objetivo general es normar los procesos y los procedimientos técnico-administrativos de la
atención integral de salud a las poblaciones excluidas y dispersas, para mejorar su acceso a los
Enfoque de derechos humanos, equidad de género e interculturalidad en salud
Marco conceptual
49
servicios públicos de salud, aplicando un enfoque de “riesgo e interculturalidad”. Esta norma
tiene por objetivos específicos los siguientes:
a.Determinar el conjunto de atenciones de salud a brindar en el marco del MAIS, según
necesidades identificadas en la población objetivo y contexto cultural del ámbito local/
regional.
b.Incorporar la modalidad permanente de la oferta móvil a través de equipos itinerantes, en
la estructura funcional de las redes y microrredes de salud.
c.Fortalecer la participación comunitaria local en las actividades sanitarias y promover el
involucramiento de otros sectores e instituciones, generando un espacio de integración
social.
La norma precitada concibe a la salud intercultural como “una estrategia del sistema de salud
que debe ser aplicada por el personal (…) mediante el respeto hacia otros sistemas de prestación
de servicios de salud, especialmente los tradicionales, complementarios y alternativos, (…) para
que en un marco de mutuo respeto, aceptación y disposición de integración y articulación de dos
culturas de formas diferentes de pensar con respecto al cuidado de la salud, se contribuya a brindar
una atención de salud con adecuación cultural según la realidad local”. La norma tiene cuatro
componentes, gestión, organización, prestación y financiamiento.
En cuanto a los enfoques de derechos y de género, se señala especialmente en el componente
de organización que “es responsabilidad de la red/microrred, con el apoyo de la DIRESA la
capacitación y evaluación permanente al personal seleccionado del equipo itinerante sobre aspectos
de etnias, interculturalidad, derechos humanos”.
La norma establece cuatro niveles de responsabilidad: central, regional, local y comunal. En
el nivel local se promoverá la participación comunitaria. En el nivel comunal, los agentes
comunales y otros representantes de la comunidad participarán en la organización y el
funcionamiento de un comité local de salud en cada población excluida y dispersa, y del
SIVICO, identificando problemas de salud y monitoreando actividades.
Norma de creación de la Unidad Técnica Funcional de Derechos Humanos, Equidad de
Género e Interculturalidad en Salud
Por Resolución Ministerial N.° 039-MINSA-2005 fue creada la Unidad Técnica Funcional de
Derechos Humanos, Equidad de Género e Interculturalidad dentro de la Dirección General
de Promoción de la Salud. Su finalidad es la de buscar la equidad en salud, en igualdad de
oportunidades para las mujeres y hombres, considerando el respeto de los derechos humanos,
la equidad de género y la promoción de la diversidad cultural, que permitan el más alto nivel
de salud alcanzable. Su propósito es que se incorporen los enfoques de derechos humanos,
equidad de género e interculturalidad en las políticas e intervenciones de salud.
Para ello, tiene las siguientes funciones:
•Proponer lineamientos técnicos normativos para la incorporación de los enfoques en las
políticas e intervenciones del Ministerio de Salud.
•Brindar asistencia técnica sobre los enfoques enunciados a las instancias del Ministerio de
Salud.
50
Enfoque de derechos humanos, equidad de género e interculturalidad en salud
Marco conceptual
•Elaborar indicadores y organizar el monitoreo de estos para la incorporación del enfoque
de derechos humanos, equidad de género e interculturalidad en salud, y propiciar su
implementación y desarrollo en forma descentralizada.
Habiéndose reseñado el marco programático de las políticas y normas del sector que sustentan
este documento, a continuación se presentan algunas orientaciones generales para la
incorporación de los enfoques de derechos humanos, equidad de género, e interculturalidad
en salud.
Enfoque de derechos humanos, equidad de género e interculturalidad en salud
Marco conceptual
51
52
Enfoque de derechos humanos, equidad de género e interculturalidad en salud
Marco conceptual
Enfoque de derechos humanos, equidad de género e interculturalidad en salud
Marco conceptual
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8. Orientaciones generales para la
incorporación del enfoque de
derechos humanos, equidad de
género e interculturalidad en salud
Se desarrollarán a continuación las orientaciones generales para la incorporación del enfoque
de derechos humanos, equidad de género e interculturalidad en salud.
1.
Inclusión para el acceso universal a la salud sin discriminación ni violencia
contra las personas, con respeto y reconocimiento a la propia identidad y a la
diversidad
Se parte de la idea esencial de que todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad
y derechos, por ello se habla de universalidad. Ésta es incompatible con cualquier forma de
discriminación social, cultural e históricamente construida. En el marco de la universalidad
se reconocen diferencias naturales entre las personas y no se aspira a homogeneizar. Tales
diferencias no pueden dar lugar a discriminaciones de género, lengua, cultura, estrato
socioeconómico o edad. Se justifican opciones preferenciales para grupos sociales excluidos y
vulnerables con la meta de alcanzar la equidad para todos.
Se reconocen y visibilizan diferencias y desigualdades en los perfiles de salud y enfermedad
de hombres y mujeres, por eso se requiere: a) dar cuenta de las necesidades de salud y
los comportamientos y prácticas de cuidado de salud de mujeres y de varones para que
sean considerados de manera específica y diferenciada y b) identificar las desigualdades e
inequidades de género existentes en salud para promover su superación. Las diferencias no
justifican las discriminaciones ni la violencia.
Se suscribe la diversidad cultural a través del reconocimiento de derechos específicos, los
derechos culturales (PIDESC 2002) y de los pueblos indígenas. Todas las culturas y grupos
humanos tienen derecho a reconocimiento y respeto de la propia identidad, y a gozar
de derechos particulares basándose en el principio de la “igualdad en la diferencia”. La
interculturalidad es una filosofía de la coexistencia y de la defensa de la comunidad humana.
Se reconoce la existencia de sistemas de salud diferentes del sistema oficial-institucionalbiomédico, propios de las culturas y contextos locales, indígenas, nativos, y originarios.
Asimismo, que muchos de sus elementos están presentes en la idiosincrasia de las personas
migrantes y sus hijos e hijas en las ciudades, e incluso del mismo personal de salud pese a
su formación profesional occidental. Reconocer y valorar sus raíces fortalece la identidad y
autoestima de las personas y facilita el diálogo intercultural.
Medidas sugeridas
•Educar en derechos humanos, equidad de género e interculturalidad a los recursos humanos
de salud, a nivel central y descentralizado, haciendo especial énfasis en formar en ellos una
perspectiva y actitud de apertura, respeto y tolerancia frente a la diversidad.
54
Enfoque de derechos humanos, equidad de género e interculturalidad en salud
Marco conceptual
•Difundir e informar a la población en general y a usuarias y usuarios de los establecimientos
sobre sus derechos y responsabilidades en salud con enfoques de equidad de género e
interculturalidad.
•Promover la educación en derechos humanos, equidad de género e interculturalidad en
todos los niveles del sistema educativo, partiendo de la formación de los y las docentes.
•Elaborar, a partir del “Perfil de salud de mujeres y hombres en el Perú 2005” un perfil de
salud de la población peruana con enfoque de derechos humanos, equidad de género e
interculturalidad, que brinde un conjunto de indicadores específicos, los cuales puedan
integrarse a los sistemas de recojo de información, de monitoreo y vigilancia epidemiológica
del sector Salud.
•Apoyar sistemáticamente el desarrollo de investigaciones cuantitativas y cualitativas
operativas sobre los sistemas de salud tradicionales e indígenas vigentes actualmente en el
país en zonas rurales y urbanas, y aplicar sus resultados en la capacitación del personal de
salud y la elaboración de materiales de comunicación.
•Fortalecer la respuesta del sector Salud frente a la violencia familiar, sexual y de género,
así como su atención integral en los servicios de salud. Abogar intersectorialmente por la
plena implementación del Plan Nacional contra la Violencia hacia la Mujer 2002-2007
conducido por el MIMDES. Aumentar la inversión del sector destinada a las acciones de
promoción de estilos de vida sin violencia en el marco de una cultura de la salud.
2.
Crear las condiciones para el ejercicio de la participación activa como derecho
individual y grupal, y sin discriminación, de todas las personas, en todos los
niveles del proceso de toma de decisiones en salud
La participación es una cualidad fundamental de la ciudadanía que apoya el ejercicio de
los derechos y el cumplimiento de responsabilidades por parte del Estado. Las personas no
son simples usuarios, población objetivo o clientes, son ciudadanos y ciudadanas en tanto
participen en la toma de decisiones.
Se promueve la participación democrática y equitativa de todas las personas (organizada y/o
individual) cualquiera sea su género, lengua, cultura, estrato socioeconómico o edad, con
pleno ejercicio de sus derechos que le permitan: a) el acceso a los recursos que garantizan
el derecho a la salud y el bienestar tales como la información y la educación, los recursos
materiales y económicos, los recursos políticos, la disposición de tiempo, así como los recursos
internos o personales; b) el control de su capacidad de toma de decisiones, y c) el acceso a
los beneficios de la salud.
Se propone la integración de los sistemas de salud buscando, a través del diálogo participativo,
construir contenidos, prácticas y modelos de gestión y cuidado que combinen nociones
modernas con conocimientos culturales tradicionales.
Medidas sugeridas
•Fortalecer la participación de la comunidad en los CLAS, identificando y superando
discriminaciones existentes, y desarrollando estrategias que garanticen la participación de
aquellas personas y grupos marginados y excluidos.
Enfoque de derechos humanos, equidad de género e interculturalidad en salud
Marco conceptual
55
•Promover la realización de diagnósticos y planes participativos de salud garantizando la
participación de las organizaciones comunitarias, con especial énfasis en los agentes de
salud tradicionales y/o indígenas (parteros y parteras, curanderas y curanderos, entre otros)
y en general con las organizaciones de mujeres como actores sociales
•Incentivar la concertación intersectorial e interinstitucional para actuar sobre los diversos
determinantes sociales de la salud.
3.
Responsabilidad compartida del Estado y la sociedad civil sin menoscabo de
responsabilidades y obligaciones ineludibles del Estado, garantizando un mayor
empoderamiento de la población y la vigilancia ciudadana
La responsabilidad compartida significa que el Estado tiene responsabilidades y obligaciones
ineludibles y la ciudadanía, a su vez, tiene deberes y responsabilidades asumidas a voluntad.
Los derechos son irrenunciables, mientras que los deberes constituyen una obligación moral
de la ciudadanía. La participación ciudadana, aunque no obligatoria, es esencial en el ejercicio
de la ciudadanía y del civismo. El primer deber de un “sujeto de derechos” es respetar el
derecho de los demás “sujetos de derechos”.
El Estado peruano ha suscrito acuerdos internacionales que sustentan el enfoque de derechos
humanos, equidad de género e interculturalidad, de carácter vinculante, a los cuales debe
acogerse en sus políticas públicas en el área de la salud y las intervenciones que de éstas se
deriven. Dentro de ellos queremos señalar especialmente:
Acuerdos internacionales
a)Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948).
b)Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (1966, 2002),
c)Convenio N.º 169 de OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes
(1989).
d)Declaración de Viena ((1993).
e)Resoluciones de OPS-OMS. Participación y acceso a los servicios de salud de pueblos
indígenas (1993).
f)Plataformas de Acción de las Conferencias de El Cairo (1994) y Beijing (1995), que
establecen los derechos sexuales y reproductivos como derechos humanos de carácter
individual, ligados al ejercicio del principio de libertad de la persona a tomar decisiones
sobre su cuerpo y su vida.
g)Acuerdos referentes a la eliminación de toda forma de violencia contra la mujer
tales como CEDAW (1979, 1999), El Cairo (1994), Belem do Pará (1994) y Beijing
(1995).
h)Plan de Acción sobre Erradicación de la Pobreza y la Discriminación en Nuestro
Hemisferio de OPS-OMS (1997).
i) Declaración y Programa de Acción de Durban en la Conferencia Mundial contra el
Racismo, la Discriminación Racial y la Xenofobia y las Formas Conexas de Intolerancia,
Naciones Unidas (2001).
j) Declaración de los Objetivos de Desarrollo del Milenio (2002), por su integralidad y
capacidad catalizadora respecto del cumplimiento de metas referentes a la superación
de inequidades en la salud y los determinantes sociales.
56
Enfoque de derechos humanos, equidad de género e interculturalidad en salud
Marco conceptual
Medidas sugeridas
•Fortalecer: a) las acciones intersectoriales con las instancias gubernamentales de alto
nivel (Ministerio de la Mujer y Desarrollo Humano, Defensoría del Pueblo, Comisiones
de Derechos Humanos, Mujer y Cultura del Congreso) para transversalizar el enfoque
de derechos humanos, equidad de género e interculturalidad en las políticas públicas; y
b) el trabajo conjunto entre agencias del Sistema de Naciones Unidas y de cooperación
internacional para monitorear el cumplimiento de las obligaciones por parte del Estado
respecto de los derechos humanos, la equidad de género y la interculturalidad.
•Impulsar los canales de participación ciudadana en salud, de rendición de cuentas y de control
social. Complementariamente, promover la concientización e información de individuos y
grupos organizados sobre los acuerdos internacionales firmados por el gobierno peruano
y las obligaciones contraídas como consecuencia por este último, mediante acciones de
comunicación social referentes al enfoque de derechos humanos, equidad de género e
interculturalidad en salud.
•Desarrollar metodologías e indicadores nacionales, regionales y locales para que el
sector Salud, con apoyo intersectorial, monitoree los avances en el cumplimiento de los
compromisos que el Estado ha asumido en lo referente al enfoque de derechos humanos,
equidad de género e interculturalidad en salud en los marcos normativos y programáticos
nacionales, los presupuestos, programas y proyectos, y el impacto de estos en la equidad
en salud.
4.
Desarrollo de competencias y habilidades de negociación y diálogo entre
mujeres y varones, y entre personas de culturas diferentes, para promover la
superación de inequidades, involucrando al personal de salud como facilitador
de procesos
Para reducir las desigualdades de género existentes, es necesario facilitar el empoderamiento
de las mujeres y varones y de las personas de culturas diferentes en competencias y habilidades
de negociación para transformar las desigualdades y mejorar las relaciones interpersonales
desarrollando la corresponsabilidad y complementariedad, y su relación con el Estado como
integrantes de la sociedad civil.
Medidas sugeridas
•Generar reflexión colectiva, mediante procesos educativos y comunicacionales, en los
recursos humanos del sector Salud y en la población de manera individual u organizada,
acerca de los estereotipos de género y cultural.
•Desarrollar competencias en el trabajador o trabajadora de salud en las siguientes áreas:
comunicación intercultural, negociación, mediación y resolución pacífica de conflictos,
habilidad de percepción y aceptación del sistema de valores de otra persona o grupo,
facilitación de procesos de análisis de género y de construcción de equidad de género en
las relaciones interpersonales e intergrupales.
Enfoque de derechos humanos, equidad de género e interculturalidad en salud
Marco conceptual
57
5.
Reconocer la diversidad y las situaciones particulares en todo el país aceptando
y respetando las diferencias existentes; y en consecuencia, desarrollar un
modelo de atención intercultural en salud en los distintos niveles del sistema y
considerando las distintas realidades sociogeográficas, culturales y lingüísticas
Se trata de desrruralizar la agenda intercultural en salud, ampliándola a una perspectiva de
trabajo con personas con raíces culturales diversas, la cual requiere el entrenamiento del
personal de salud mediante la sensibilización y el aprendizaje del respeto de las diferencias,
el reconocimiento de los propios prejuicios, de las actitudes racistas, discriminatorias y
etnocéntricas, la comprensión del otro, y la percepción de la relación entre proveedores y
usuarios de los servicios de salud como un proceso de interacción, comunicación y aprendizaje
recíproco.
Medidas sugeridas
•Brindar al personal de salud las herramientas conceptuales y metodológicas del trabajo
intercultural y entrenarlo en los idiomas nativos que la zona de trabajo requiera.
•Incorporar la atención intercultural en todos los servicios de salud pública del país, tanto
rurales como urbanos y urbano-marginales, teniendo en cuenta así la diversidad cultural
de la población nacional, de la cual también es parte el personal de salud.
•Desarrollar procesos educativo-comunicacionales dirigidos a usuarias y usuarios de los
servicios, empoderándolos en su lengua y cultura maternas, y entrenándolos en habilidades
de negociación intercultural tendientes a la construcción de caminos nuevos, integrando
conocimientos y prácticas tradicionales con los biomédicos.
6.
Facilitar la construcción y el fortalecimiento del tejido social, favoreciendo el
desarrollo de capital social y espacios propios a nivel local y descentralizado,
que faciliten el diálogo intercultural con equidad de género y mecanismos de
participación real, y reforzando los canales existentes, como las ACLAS
Frente a los conflictos derivados de intereses contrapuestos entre los actores sociales,
económicos y políticos se afirma la necesidad de resolverlos pacíficamente. Se facilita la
concertación democrática, pacífica, intersectorial e intercultural en las tareas de la gestión
pública para el “buen gobierno”, que incluya: transparencia informativa, trato preferente a
grupos vulnerables, participación en las decisiones, concertación de los planes y presupuestos
públicos, rendición de cuentas y control ciudadano, en el que las decisiones sean el resultado
de deliberación democrática sujeta al escrutinio público.
Medidas sugeridas
•Promover la gestión pública descentralizada en salud, incluyendo regiones y municipios, de
zonas urbanas, urbano-marginales y rurales.
•Incentivar la función de los gobiernos locales y regionales como escuela de gobernabilidad,
construcción de ciudadanía y diálogo intercultural, a fin de que individuos y grupos generen
espacios propios para construir una vida saludable entre todos.
La promoción de la salud es la estrategia clave para llevar a la práctica los procesos de aplicación
de estas orientaciones generales, mediante la construcción de equidad y ciudadanía en salud.
58
Enfoque de derechos humanos, equidad de género e interculturalidad en salud
Marco conceptual
Estas tienen que ser aplicadas en su totalidad, de manera transversal desde la formulación
de políticas y a lo largo de todo el proceso de gestión pública de la salud, así como en todas
las intervenciones del sector. Deben ser traducidas en indicadores cuantitativos y cualitativos
que sistematicen el monitoreo y la evaluación de la gestión pública de la salud por parte del
propio sector, y de la sociedad civil organizada, a través de las instancias establecidas por las
normas correspondientes.
Enfoque de derechos humanos, equidad de género e interculturalidad en salud
Orientaciones generales y normas nacionales sustentatorias
Orientación general
Norma nacional sustentatoria
OG 1: Inclusión para el acceso universal a la - Políticas 3, 7, 10, 11 y 13 del Acuerdo
salud sin discriminación ni violencia contra
Nacional
las personas, respeto y reconocimiento de la - Plan de Igualdad de Oportunidades para
propia identidad y la diversidad.
Mujeres y Hombres-PIO
- Misión y Principios de los Lineamientos de
Política Nacional de Salud 2002-2012
- Todos los Lineamientos de Política Nacional
de Salud 2002-2012
- Lineamientos 1, 2 y 6
- Modelo de Atención Integral de SaludMAIS
- Seguro Integral de Salud-SIS
- Plan de la ESN de Pueblos Indígenas
- Lineamientos de Política de Promoción de
la Salud
- ESN de Salud Sexual y Reproductiva
- Guías Nacionales de Atención Integral de
la Salud Sexual y Reproductiva
- Plan Nacional de Salud Indígena
Amazónica
- ESN de Salud de Pueblos Indígenas
- Norma Técnica de Atención Integral de
Salud a Poblaciones Excluidas y Dispersas
Enfoque de derechos humanos, equidad de género e interculturalidad en salud
Marco conceptual
59
Enfoque de derechos humanos, equidad de género e interculturalidad en salud
Orientaciones generales y normas nacionales sustentatorias
Orientación general
Norma nacional sustentatoria
OG 2: Crear las condiciones para la - Política 13 del Acuerdo Nacional
participación activa como derecho, individual - Misión, Visión y Principios de los
y grupal y sin discriminación. De todas las
Lineamientos de Política Nacional de
personas en todos los niveles del proceso de
Salud 2002-2012
- Todos los Lineamientos de Política Nacional
toma de decisiones en salud.
de Salud 2002-2012
- Lineamientos 1, 6, 7 y 9
- Modelo de Atención Integral de SaludMAIS
- Seguro Integral de Salud-SIS
- Lineamientos de Política de Promoción de
la Salud
- Plan Nacional de Salud Indígena
Amazónica
- ESN de Salud de Pueblos Indígenas
- Norma Técnica de Atención Integral de
Salud a Poblaciones Excluidas y Dispersas
OG 3:
Responsabilidad compartida del
Estado y la sociedad civil sin menoscabo de
responsabilidades y obligaciones ineludibles
del Estado, garantizando la vigilancia
ciudadana descentralizada
- Políticas 7 y 11 del Acuerdo Nacional
- Modelo de Atención Integral de SaludMAIS
- Seguro Integral de Salud-SIS
- Lineamientos de Política de Promoción de
la Salud
- ESN de Salud Sexual y Reproductiva
- Guías Nacionales de Atención Integral de
la Salud Sexual y Reproductiva
- Plan Nacional de Salud Indígena
Amazónica
- ESN de Salud de Pueblos Indígenas
- Norma Técnica de Atención Integral de
Salud a poblaciones Excluidas y Dispersas
OG 4: Desarrollo de
competencias y
habilidades de negociación y diálogo en
mujeres y varones, y personas de culturas
diferentes, para promover la superación de
inequidades, involucrando al personal de
salud como facilitador de procesos
- Política 7 del Acuerdo Nacional
- Lineamientos de Política de Promoción de
la Salud
- Plan Nacional de Salud Indígena
Amazónica
- Norma Técnica de Atención Integral de
Salud a Poblaciones Excluidas y Dispersas
60
Enfoque de derechos humanos, equidad de género e interculturalidad en salud
Marco conceptual
Enfoque de derechos humanos, equidad de género e interculturalidad en salud
Orientaciones generales y normas nacionales sustentatorias
Orientación general
OG 5: Reconocer la diversidad y las situaciones
particulares en todo el país aceptando y
respetando las diferencias existentes; y
como consecuencia, desarrollar un modelo
de atención intercultural en salud en los
distintos niveles del sistema y considerando
las distintas realidades sociogeográficas,
culturales y lingüísticas.
-
-
-
-
-
Norma nacional sustentatoria
Seguro Integral de Salud-SIS
Lineamientos de Política de Promoción de
la salud
Plan Nacional de Salud Indígena
Amazónica
ESN de Salud de Pueblos Indígenas
Norma Técnica de Atención Integral de
Salud a Poblaciones Excluidas y Dispersas
OG 6: Facilitar la construcción y el
fortalecimiento del tejido social,
a)Favoreciendo el desarrollo de capital
social y espacios propios, a nivel local y
descentralizado, que faciliten el diálogo
intercultural con equidad de género y
mecanismos de participación real,
- Política 3 del Acuerdo Nacional
- Seguro Integral de Salud-SIS
- Lineamientos de Política de Promoción de
la Salud
- ESN de Salud Sexual y Reproductiva
- Guías Nacionales de Atención Integral de
la Salud Sexual y Reproductiva
- Plan Nacional de Salud Indígena
Amazónica
b)Reforzando los canales existentes, tales
- Norma Técnica de Atención Integral de
como el CLAS.
Salud a Poblaciones Excluidas y Dispersas
- Política 3 del Acuerdo Nacional
- Misión, Visión y Principios de los
Lineamientos de Política Nacional de
Salud 2002-2012.
- Lineamientos 7 y 9
- ESN de Salud de Pueblos Indígenas
La transversalización del enfoque de derechos humanos, equidad de género e interculturalidad
en salud se refiere a desarrollar estrategias que puedan incorporar en cada una de las áreas
del Ministerio de Salud las orientaciones generales planteadas. Es un proceso que implica
reconocimiento de diferencias y desigualdades, e identificación y acción para su transformación.
Esto garantiza el avance como sector hacia una mayor equidad en salud para los peruanos y
peruanas que viven en situación de mayor pobreza y exclusión.
Enfoque de derechos humanos, equidad de género e interculturalidad en salud
Marco conceptual
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Glosario
ACCESO Y CONTROL DE RECURSOS: Acceso se refiere a la oportunidad de usar un recurso. Control implica la oportunidad
de decidir sobre el uso de un recurso. Mujeres y hombres tienen acceso y control diferenciado y muchas veces desigual a
los recursos. Estos pueden ser materiales, políticos, informativos, de tiempo; incluso el cuerpo, el sexo y las capacidades
reproductivas y de disfrute sexual son recursos de cada persona.
ACTORES SOCIALES: Grupos, instituciones y organizaciones que participan en los procesos sociales de una localidad
particular.
ACULTURACIÓN: Es el proceso mediante el cual un grupo étnico domina a otro imponiendo su cultura y lengua sobre la de
su interlocutor, quien resulta discriminado y marginado.
ACCIÓN POSITIVA, MEDIDAS DE: Acciones preferenciales dirigidas a grupos sociales excluidos y vulnerables, con la meta
de alcanzar la equidad para todos.
ADECUACIÓN CULTURAL: Adaptación de prácticas, contenidos, espacios, a la cultura o forma de vida de una comunidad
específica.
CULTURA: En el concepto de cultura convergen la dimensión cognitiva, que sintetiza el mundo simbólico de las personas, sus
pensamientos, conocimientos y creencias adquiridas a través del aprendizaje; y la dimensión material, que es manifestación
de lo simbólico en conductas, prácticas, artefactos culturales y normas de relación social. La cultura es una entidad compleja
y dinámica que se adquiere, transforma y transmite a través del lenguaje y la socialización.
DERECHO A LA SALUD: Es un derecho humano y social inclusivo, que no sólo abarca la atención de salud oportuna y
apropiada sino también los principales factores determinantes de esta.
DERECHOS CIVILES: Son las libertades fundamentales de la persona, individuales por excelencia. Forman parte de ellos la
libertad personal, de palabra y de conciencia, los derechos a la propiedad y a la justicia, entre otros.
DERECHOS SOCIALES: Pueden ser económicos, sociales propiamente dichos y culturales. Su ejercicio no es posible al
margen de la sociedad o la interacción entre las personas. Son individuales y colectivos al mismo tiempo, y están asociados
al bienestar social, la seguridad económica esencial para una vida digna y para el ejercicio de los otros derechos. Algunos de
estos son la propiedad, el trabajo, el crédito, libertad sindical, protección social y salud.
DERECHOS POLÍTICOS: Complementan las libertades individuales pero asumen la interacción del individuo en sociedad y
en democracia. Son el derecho a elegir y ser elegido, de reunión y de participación política.
DERECHOS CULTURALES: Son más colectivos que individuales, incluyen la educación, la instrucción y capacitación, el
respeto de las manifestaciones culturales y cosmovisión basadas en el género, la ascendencia étnica y la orientación sexual, la
propiedad intelectual, el goce del beneficio del progreso científico, entre otros. Están estrechamente ligados a los “derechos
de los pueblos” y de los “pueblos indígenas”.
DERECHOS REPRODUCTIVOS: Son derechos humanos, y se basan en el reconocimiento del derecho básico de todas las
parejas e individuos a decidir libre y responsablemente el número de hijos, el espaciamiento de los nacimientos y el intervalo
entre estos, y a disponer de la información y de los medios para ello y el derecho a alcanzar el nivel más elevado de salud sexual
y reproductiva. Igualmente, incluyen la toma de decisiones relativas a la reproducción sin sufrir discriminación, coacciones ni
violencia, de conformidad con lo establecido en los documentos de derechos (CIPD El Cairo, 1994).
DERECHOS SEXUALES: Son derechos humanos; incluyen el derecho de todas las personas a tener dominio sobre su
sexualidad, comprendiendo en ella su salud y su opción sexual, y a decidir libre y responsablemente, con libertad y sin
coerción, discriminación o violencia, así como a disponer de la información y medios para ello (CMM Beijing, 1995).
DETERMINANTES SOCIALES DE LA SALUD: Son los factores clave que influyen en la salud de la población (ingreso y
posición social, redes de apoyo social, educación, empleo y condiciones de trabajo, entornos físicos seguros y limpios,
características biológicas y constitución genética, desarrollo del niño, servicios de salud, cultura, género).
DISCRIMINACIÓN: Implica el trato diferenciado y excluyente a una persona o grupo a causa de su color de piel, apariencia,
sexo, nivel educativo, situación económica, edad, entre otros.
DIVISIÓN DEL TRABAJO POR GÉNERO: Implica la separación supuestamente “natural” de ámbitos específicos de trabajo
para mujeres y varones, que se traducen en la asignación social de funciones diferenciadas por su condición de género. Varía
a través del tiempo, de un país a otro, y entre grupos etarios, clases, etnias.
EMPODERAMIENTO: Se refiere a un proceso al interior de la persona a través del cual ésta desarrolla las fortalezas y las
destrezas que le permiten actuar para mejorar su salud u otros aspectos de su calidad de vida. El continuo de empoderamiento
implica un proceso transformativo de mujeres, hombres, y clases sociales, orientado al logro de una mayor equidad social
y en salud.
EQUIDAD: Implica ausencia de diferencias particularmente injustas.
EQUIDAD EN SALUD: Ausencia de desventajas sociales o sus efectos sobre la salud de los grupos más desprotegidos.
ESTEREOTIPOS: Son supuestos social y culturalmente aceptados que condicionan la percepción de las personas y distorsionan
la realidad. Se refiere a asumir, por ejemplo, que todas las familias son nucleares, o que las mujeres son el sexo débil, entre
otros.
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Marco conceptual
ETNIA: Se refiere a un grupo de personas que comparten una herencia cultural común. A diferencia de raza, que nombra la
herencia biológica de un individuo.
GÉNERO: Construcción social y cultural basada en las diferencias sexuales, que organiza las relaciones sociales en un grupo
humano histórica y geográficamente determinado. Comprende símbolos y mitos, normas, instituciones y organizaciones
sociales, y la identidad individual y grupal. En una gran parte de las sociedades humanas, pero no en todas, se traduce en
relaciones jerárquicas y de poder entre hombres y mujeres, donde estas últimas se encuentran en desventaja.
GRUPOS VULNERABLES: Personas que se encuentran transitoria o permanentemente desfavorecidas, o en desventaja,
o que no pueden acceder a recursos y servicios esenciales. Se refiere a las madres gestantes y lactantes, los niños y niñas
menores de 5 años, viudas, ancianos-as, discapacitados-as, poblaciones afectadas por catástrofes, en extrema pobreza.
IDENTIDAD ÉTNICA: Se refiere al autoconcepto de alguien como perteneciente a un grupo étnico particular, es cambiante
y situacional.
IGUALDAD: Es la ausencia de diferencias en general, unifica a la humanidad como perteneciente a un solo rango.
IGUALDAD DE OPORTUNIDADES: Supone desarrollo y uso de capacidades básicas en aquellas personas o grupos en
desventaja, hasta lograr la equidad. Este concepto predomina en las políticas públicas nacionales y justifica la focalización
hacia los más pobres. No obstante, deja de lado las desigualdades, segmenta las políticas y estigmatiza a los grupos humanos;
propicia la igualdad en la coyuntura inicial, pero no la redistribución paulatina y progresiva hasta llegar a la equidad.
INTERCULTURALIDAD: Es un proceso social interactivo de reconocimiento y respeto por las diferencias existentes entre una
o varias culturas en un espacio dado. Se da entre ciudadanos y ciudadanas con iguales derechos y un mínimo de equidad
económica, que interactúan y se comunican entre sí, enriqueciéndose mutuamente.
INDÍGENA: Condición de ser nativo u originario de una región o etnia particulares.
MEDIACIÓN: Es una acción realizada por un tercero, entre dos personas o grupos que consienten libremente o participan, y a
quienes corresponde la decisión final, y está destinada a hacer surgir entre ellos relaciones nuevas, o evitar o sanar relaciones
perturbadas.
MINORÍA ÉTNICA: Minoría étnica es un grupo humano que se define en razón de su tamaño, poder y etnicidad. Puede
ocurrir que sea numéricamente mayor que la mitad de la población, pero subalterna. Los grupos que históricamente
experimentaron discriminaciones y no se asimilaron son minoritarios.
MULTICULTURALIDAD: Describe la existencia de diferentes culturas compartiendo un mismo territorio y un mismo tiempo,
reivindicando su derecho a la diferencia, y es útil para fortalecer la autoestima de grupos discriminados y desarrollar programas
de acción afirmativa. Sin embargo, tiende a construir comunidades homogéneas, nítidamente demarcadas y cerradas en sí
mismas. Señala una situación dada, mientras que lo intercultural se orienta a su solución.
NECESIDADES PRÁCTICAS DE GÉNERO: Son fácilmente identificables, y se refieren a condiciones deficientes de vida y
falta de medios de subsistencia. Las intervenciones propuestas apuntan a facilitar el acceso de las mujeres a los recursos de
supervivencia y mantenimiento de la salud, pero no intentan superar inequidades.
NECESIDADES ESTRATÉGICAS DE GÉNERO: No son fáciles de identificar, y están asociadas a la posición de subordinación o
desventaja en que se encuentran las mujeres. Las acciones son planificadas a largo plazo y se refieren a mejoras en la posición
femenina con respecto al varón, y al aumento de control sobre los recursos de supervivencia y mantenimiento de la salud
NEGOCIACIÓN: Implica buscar un terreno de entendimiento común, en el que cada uno (individuo o grupo) pueda encontrarse
sin perjudicar la identidad o los valores del otro. Puede ser una valiosa estrategia de resolución de problemas cuando hay gran
distancia o incluso oposición o conflicto entre códigos culturales que llevan a la exclusión o marginación de las personas o grupos
con menor poder.
NEGOCIACIÓN CULTURAL: Implica reconocer los saberes de las poblaciones donde se aplican las intervenciones en salud,
compartirlos y valorarlos, y construir en conjunto nuevos contenidos y prácticas integradores.
PROMOCIÓN DE LA SALUD: Es un proceso a través del cual se proporciona a la población los medios necesarios para
mejorar su salud y tener mayor control sobre sus vidas.
PUEBLO: Es un conglomerado humano con características comunes en cuanto a territorio, historia, cultura y etnia.
RAZA: Se refiere a la herencia biológica y genética de un individuo. Es un concepto de poco uso en la actualidad.
RELACIONES INTERÉTNICAS: Se refiere a las relaciones sociales entre grupos étnicos, que a veces son de desigualdad y
dominación.
ROLES DE GÉNERO: Se refiere a los papeles asignados a mujeres y a varones en una sociedad determinada. Pueden ser de
tres tipos: a) reproductivo, asociado a la reproducción biológica y todas las actividades necesarias para garantizar el bienestar
y la sobrevivencia de los individuos que forman el hogar (crianza, alimentación, cuidado); b) productivo, referente a las
actividades generadoras de ingresos monetarios o en especie (trabajo, empleo); c) de gestión comunitaria, implica todas las
tareas que aportan al desarrollo o a la organización política de la comunidad (liderazgo, promoción social o de la salud).
SALUD: Es un estado de completo bienestar físico, mental y social y no sólo la ausencia de afecciones o enfermedades
(OMS).
SEXO: Hace referencia a las diferencias biológicas entre el hombre y la mujer.
SISTEMA DE SALUD: Es el conjunto de conocimientos, prácticas, recursos y relaciones que un grupo humano construye para
responder a sus necesidades de salud. En el país hay varios sistemas de salud: el occidental biomédico y una diversidad de
sistemas tradicionales o indígenas.
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Marco conceptual
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TRANSVERSALIZACIÓN: Se trata de la incorporación del enfoque a través de las orientaciones generales planteadas en cada
una de las áreas del Ministerio de Salud.
UNIVERSALIDAD: Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos, por ello se habla de universalidad.
Esta es incompatible con cualquier forma de discriminación social, cultural e históricamente construida. En el marco de la
universalidad se reconocen diferencias naturales entre las personas y no aspira a homogeneizar. Tales diferencias no pueden
dar lugar a discriminaciones.
VINCULANTE: Se dice de aquellos pactos o acuerdos que implican obligaciones para los Estados o gobiernos firmantes.
VIOLENCIA BASADA EN GÉNERO: Abarca toda la gama de comportamientos físicos, emocionales y sexuales nocivos para
las mujeres y las niñas, que son practicados con más frecuencia por miembros de la familia, pero a veces también por
extraños (OPS).
VIOLENCIA FAMILIAR: Es cualquier acción u omisión que cause daño físico o psicológico, maltrato sin lesión, inclusive
la amenaza o coacción graves y/o reiteradas, así como la violencia sexual que se produzca entre cónyuges, ex cónyuges,
convivientes, ex convivientes, ascendientes, descendientes, parientes colaterales, quienes habitan en el mismo hogar, y
quienes hayan procreado hijos en común aunque no convivan.
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Documento Técnico: Enfoque de Derechos Humanos, Equidad de
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Se terminó de imprimir en noviembre de 2006 en
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