TRIBUTACIÓN,
SEGURIDAD JURÍDICA Y
DESARROLLO EN LATINO
AMÉRICA
SOLON SEHN
MAYORES ECONOMÍAS DEL MUNDO
http://money.cnn.com/news/economy/world_economies_gdp/
CRESCIMIENTO EN 2010 - LATINO AMÉRICA
http://www.fiiapp.org/uploads/publicaciones/Institucionalidad_seguridad_juridica.pdf
CRESCIMIENTO EN 2011 - LATINO AMÉRICA
http://www.fiiapp.org/uploads/publicaciones/Institucionalidad_seguridad_juridica.pdf
CRESCIMIENTO MUNDIAL PORCENTUAL 2011
http://money.cnn.com/news/economy/world_economies_gdp/
CRESCIMIENTO DE LA ECONOMÍA PERUANA - 2010-2012
http://economia-peruana.blogspot.com.br/
INVERSIÓN EXTRANJERA EN PERÚ
http://www.dlapiper.com/files/Uploads/Images/Stock_Direct_Investment.jpg
RESERVAS INTERNACIONALES
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CRISIS ECONÓMICA Y
OPORTUNIDAD
“Crisis”: peligro y oportunidad
• Crisis en las economías tradicionales - EUA - Europa
(Grecia, Italia, España e Portugal);
• Conversión en oportunidad de desarrollo Latino América
• Estabilidad democrática y macroeconómica. Sistema
financiero
consolidado,
estabilidad
monetaria
y
responsabilidad fiscal del Estado - Seguridad jurídica
SEGURIDAD JURÍDICA
1.
Marcos jurídicos claros y estables
2.
Bi-direccionalidad pasado-futuro:
•
Condiciones normativas favorables al planteamiento de las
acciones económicas futuras;
•
Conocimiento de las consecuencias fiscales de los negocios
privados.
•
Protección de la expectativas legítimas creadas a partir de las
normas en vigor;
•
Garantía de estabilización del tratamiento normativo de los fatos
consumados, de las sentencias judiciales definitivas e de los
derechos adquiridos.
2.
Eficacia de los instrumentos procesuales para la afirmación
de los derechos violados;
3.
Poder Judiciario autónomo e independiente
PODER JUDICIÁRIO AUTÓNOMO Y
INDEPENDIENTE
• Autonomía presupuestaria de Poder Judiciario;
• Inamovilidad de los jueces;
• Irreductibilidad de los salarios;
• Sistema imparcial de selección de los magistrados ;
• Existencia de instrumentos procesuales eficaces de protección
contra la arbitrariedad del Estado (“mandato de segurança” en
Brasil - “juicio de amparo” en México);
• Sistema de control de constitucionalidad de las normas;
• Diferencial competitivo inexistente en las demás regiones en
desarrollo en el mundo
ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
PROFESIONAL
• Sistema imparcial de selección de los fiscales;
• Remuneración razonable;
• Informatización;
• Introducción de mecanismos de control de la legalidad;
• Tribunal Administrativo especializado, con participación
paritaria de los contribuyentes (CARF - Consejo Administrativo
de Recursos Fiscales, en Brasil);
CONSTITUCIONALIZACIÓN DE LAS
LIMITACIONES AL PODER DE TRIBUTAR
-
Previsión de las limitaciones al poder de tributar
(garantías de los ciudadanos) en el texto constitucional;
-
Institución de reserva legal cualificada en materia
tributaria (leyes complementares - normas generales de
derecho tributario - Código Tributário Nacional);
-
Prohibición de alteración de los conceptos jurídicos de
derecho privado (propiedad, lucro, venda, alquiler,
ingreso) por la legislación tributaria (CTN, art. 110);
-
Crítica: rigidez excesiva? Dificultad de adaptación del
derecho ante el dinamismo de la economía?
IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA TRIBUTÁRIO BRASILEÑO
- REFORMA DE LOS AÑOS 1967/1968 - PIB PER CAPITA - US$ MIL
ESTRICTA LEGALIDAD
-
Reserva de ley formal en la creación y aumento de los
tributos (definición del hecho imponible y todos los
elementos de la obligación tributaria);
-
Prohibición de la discrecionalidad fiscal y de la cobranza de
tributos por analogía;
CF/Brasil: “Art. 150. Sem prejuízo de outras garantias asseguradas
ao contribuinte, é vedado à União, aos Estados, ao Distrito Federal e
aos Municípios:
I - exigir ou aumentar tributo sem lei que o estabeleça;”
CTN/Brasil: “Art. 108. […] § 1º O emprego da analogia não poderá
resultar na exigência de tributo não previsto em lei.”
-
Leyes tributarias claras y de comprensión sencilla;
IRRETROACTIVIDAD DE LAS LEYES
-
La ley tributaria debe ser previa y sus efectos jurídicos
deben alcanzar apenas los factos ocurridos después de
su vigencia (salvo en los casos de norma más
favorecedora);
CF/Brasil: “Art. 150. […] III - cobrar tributos: a) em relação a fatos geradores ocorridos
antes do início da vigência da lei que os houver instituído ou aumentado;”
-
Irretroactividad de las modificaciones el las interpretaciones
judiciales y administrativas consolidadas (protección contra el
cambio de criterios jurisprudenciales);
-
Modulación de los efectos de las sentencias declaratorias de
inconstitucionalidad
(beneficios
fiscales
declarados
inconstitucionales; protección de la confianza - presunción de
constitucionalidad de los actos del Poder Público)
Lei nº 9.868/1999: “Art. 27. Ao declarar a inconstitucionalidade de lei ou ato normativo, e
tendo em vista razões de segurança jurídica ou de excepcional interesse social, poderá o
Supremo Tribunal Federal, por maioria de dois terços de seus membros, restringir os
efeitos daquela declaração ou decidir que ela só tenha eficácia a partir de seu trânsito em
julgado ou de outro momento que venha a ser fixado.”
ANTERIORIDAD/ANULIDAD
- La ley, al crear o aumentar tributos, debe producir
efectos jurídicos en el ejercicio financiero
siguiente; “efecto anuncio”;
CF/Brasil: “Art. 150. […] III - cobrar tributos:
[…]
b) no mesmo exercício financeiro em que haja sido publicada a lei
que os instituiu ou aumentou;”
- Excepciones: Impuestos “regulatorios” (IPI, II e IE)
- efecto extra fiscal - Alteración por Decreto
- Modulación de los efectos de las sentencias
declaratorias de inconstitucionalidad (beneficios
fiscales declarados inconstitucionales)
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Tributación, seguridad jurídica y desarrollo en latino américa